martes, 30 de marzo de 2010

ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.

MINISTERIO DE DEFENSA
Fuerzas Armadas. Cuerpos generales y de Infantería de Marina
Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina
PDF (BOE-A-2010-5222 - 17 págs. - 372 KB)
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Artículo único. Aprobación.-Se aprueban las Normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, bien como militar de carrera o de complemento, cuyo texto se inserta a continuación.
NORMAS POR LAS QUE HAN DE REGIRSE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO EN LOS CENTROS DOCENTES MILITARES DE FORMACIÓN PARA ACCEDER A LAS ESCALAS DE OFICIALES DE LOS CUERPOS GENERALES Y DE INFANTERÍA DE MARINA
Formas de ingreso.–
El ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina se podrá efectuar de alguna de las siguientes formas:
a) Directo.
b) Promoción para cambio de escala.
c) Promoción para cambio de cuerpo.

Requisitos.- 1. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, los indicados en estas normas, los que se dispongan en las bases comunes y aquellos otros que figuren en la correspondiente convocatoria.
2. Para ser admitido a los procesos de selección para la forma de ingreso por promoción, se exigirá el perfil lingüístico en el idioma inglés que, en función de los requisitos de titulación, se especifica a continuación, obtenido en las condiciones establecidas en la Orden DEF/1815/2003, de 23 de junio, por la que se regulan los procedimientos para determinar el conocimiento en materia de idiomas extranjeros en el ámbito de las Fuerzas Armadas:
a) Sin exigencia de titulación universitaria: un grado de conocimiento de al menos dos en todos los rasgos que lo componen.
b) Con exigencia de titulación universitaria: un grado de conocimiento de al menos tres en dos de los rasgos que conforman el perfil lingüístico y de dos en los dos restantes.

1 comentario:

  1. Muy buena la información. A ver si este año tengo suerte y puedo ingresar, aunque voy un poco flojilla en preparación física :-S. Hay más info de esto en un blog http://blog.tudecisionmasacertada.com/ en el que te responden a tus preguntas. Ánimo a todos los que os vayáis a presentar, ojalá nos veamos en la academias, eso significaría que he podido entrar jejeje

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