miércoles, 24 de marzo de 2010

ajudes incloses en la sol·licitud única dins del marc de la política agrària comuna (PAC) a la C.V., qüestions generals aplicables.

Ayudas. Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació
ORDE 11/2010, de 26 de febrer, de la consellera d'Agricultura, Pesca i Alimentació, sobre qüestions generals aplicables al conjunt d'ajudes incloses en la sol·licitud única dins del marc de la política agrària comuna (PAC) a la Comunitat Valenciana.
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. La presente orden establece la normativa aplicable a la Solicitud Única de las siguientes ayudas vinculadas al Fondo Europeo Agricola de Garantía (FEAGA) :
a) Pago desacoplado correspondiente a las ayudas integradas en el pago único
b) Pago de los régimenes específicos por superficie: Aquellos regímenes específicos que progresivamente pasen a integrarse en las ayudas desacopladas, pasarán a estar comprendidos en la letra anterior siempre que cumplan con los requisitos previstos en la normativa de referencia
c) Los regimenes de ayuda por ganado vacuno previstos por la normativa de referencia
d) Ayudas específicas y pagos adicionales a los productores previstas por la normativa de referencia.
2. Asimismo se contienen en esta norma la regulación de las Ayudas Agroambientales y de Indemnización Compensatoria, tal y como estén previstas en los reglamentos comunitarios relativos a las ayudas financiadas a traves del Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (FEADER).
Convocatorias.-
Anualmente se efectuará la convocatoria anual de las ayudas vinculadas
a la solicitud única, mediante resolución del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria. En dicha convocatoria deberá especificarse obligatoriamente:
a) Indicación de disposición que establece las bases reguladoras.
b) Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles o, en su defecto, cuantía estimada de las subvenciones
c) Plazo de presentación de la solicitud única.
d) Relación de las ayudas concretas vinculadas a la solicitud única convocadas mediante la resolución.
e) Requisitos concretos para poder obtener la condición de beneficiario en cada regimen de ayuda.
f) Regimenes en los que se podrá utilizar la solicitud precumplimentada.
g) Documentación que preceptivamente debe acompañar a la Solicitud Única teniendo en cuenta lo establecido por la normativa de referencia y por esta orden.
h) Plazo máximo de modificación de la Solicitud Única y en su caso, identificación del plazo de presentación extemporánea de modificaciones de solicitud.
i) Fecha límite para efectuar alegaciones al SIGPAC.
j) Relación total de las obligaciones que comporta el cumplimiento de la condicionalidad.
k) Relación de compromisos por líneas de ayudas FEADER.
l) Régimen de publicidad de las subvenciones concedidas.
m) Porcentaje máximo de reducción no penalizable de superficie con relación a las ayudas previstas en apartado 2º del artículo 1 de esta orden.
n) Superficie mínima de ampliación anual de compromisos en ayudas previstas en el apartado 2º del artículo 1 de esta orden.
o) Compatibilidad de los regimenes de ayuda.
p) Trámites a realizar a través de medios electrónicos en aplicación del artículo 38 de esta orden. q) Indicación de municipios a los que pueden resultar de aplicación alguna de las medidas con relación a las ayudas previstas en el apartado 2º, del artículo 1 de esta orden.
Solicitud.- 1. Los agricultores titulares de una explotación agraria que deseen obtener en el año, alguna de las ayudas citadas en el artículo 1, deberán presentar una solicitud única en los términos previstos en la resolución de convocatoria de la ayuda.
2. Sin menoscabo de lo previsto en el punto anterior, para la elaboración y presentación de las solicitudes se utilizará preferentemente la aplicación informática diseñada a tal efecto por la conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, disponible en entidades colaboradoras, OCAPAs y Direcciones Territoriales de la CAPA.
3. En el supuesto de las ayudas FEADER vinculadas a la Solicitud Única, se presentará una solicitud de ayuda inicial y anualmente deberá ser presentada una solicitud de pago para tener derecho al cobro de la ayuda.
Lugar de presentación.- 1. Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación cuando la explotación o la mayor parte de la superficie de ésta radique en el territorio de la Comunitat Valenciana.
Plazo de presentación.- 1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda única, será el comprendido entre el día 1 de febrero y el 30 de abril. Se considerarán
asimismo las posibles modificaciones del anterior plazo que se puedan establecer en la normativa estatal y que deberá constar expresamente en la convocatoria anual de la ayuda.

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