viernes, 26 de marzo de 2010

ajudes econòmiques destinades a centres privats autoritzats per a impartir Educació Infantil de Segon Cicle, que no estiguen concertats ni adscrits a

El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de estas ayudas por esta convocatoria es de 924.778 euros.
Para los cuatro primeros meses (septiembre-diciembre del año 2010) del curso escolar 2010-2011, el importe será de 369.911 euros. Para los seis meses siguientes (enero-junio del año 2011) del curso escolar 2010-2011, las ayudas serán por importe de 554.867 euros y quedarán condicionadas a la existencia de crédito presupuestario suficiente y adecuado para atenderlas en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2011.
ANEXO I
Bases de la convocatoria
Objeto de la subvención.-
Las ayudas se otorgarán en concepto de subvención con el fin de contribuir a la financiación parcial del coste de los puestos escolares de las unidades autorizadas y en funcionamiento de Educación Infantil de Segundo Ciclo de los centros docentes privados de la Comunitat Valenciana que no estén concertados ni adscritos a un centro de Educación Primaria durante el curso 2010-2011.
Requisitos de los solicitantes.- Podrán solicitar las ayudas los centros docentes privados de la Comunitat Valenciana que, antes del 31 de mayo de 2010, dispongan de unidades autorizadas de Educación Infantil de Segundo Ciclo para el curso 2010-2011 y no estén concertados ni adscritos a un centro de Educación Primaria.
Presentación de solicitudes y plazo.- Las solicitudes deberán ser formuladas por el titular de la entidad o, en el caso de personas jurídicas, por el representante legal de ésta, en el modelo normalizado que acompaña a la presente orden como anexo II, e ir dirigidas a la Dirección Territorial de Educación correspondiente. Estos modelos de solicitud están a disposición de las personas interesadas en la página web http://www.edu.gva.es/subvencions
3. El plazo para la presentación de las solicitudes será hasta el 30 de abril de 2010. El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión.

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