El Ilmo. señor Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, por Decretos número 267, de fecha 1 de marzo de 2010, resolvió aprobar la «convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Alicante para la implantación de planes de igualdad de género de ámbito municipal. Anualidad 2010», de conformidad con las siguientes Bases
Primera.- Objeto.- Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante con población de derecho inferior a 100.000 habitantes, para coadyuvar a los gastos derivados de los proyectos de elaboración y/o implantación de Planes de Igualdad de Género de ámbito municipal, a desarrollar
entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2010.
Segunda.- Créditos presupuestarios. Cuantía máxima de ochenta mil euros (80.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención sin que, en ningún caso, pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
Tercera.- Requisitos de las entidades locales beneficiarias.- Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos que reúnan los requisitos siguientes:
1. Que el municipio pertenezca a la provincia de Alicante.
2. Que su población de derecho sea inferior a 100.000 habitantes.
3. Haber justificado la/s subvención/es concedida/s durante el ejercicio 2009, en su caso.
Cuarta.- Objeto de subvención.- Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad:
1.- La elaboración de un plan de igualdad de género de ámbito municipal, entendiendo por tal los trabajos de diagnósticos previos y la propia elaboración del plan.
2.- La implantación de un plan de igualdad de género de ámbito municipal en aquellos ayuntamientos que ya dispongan del mismo.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por implantación la incorporación del plan como política normalizada de la entidad local, es decir, la creación y puesta en marcha de instrumentos y procedimientos para la incorporación del plan y la perspectiva de género en la organización interna de la entidad local.
En particular, podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos encaminados a incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas del municipio a través de:
1. Proyectos de formación del personal funcionario y/o laboral en «mainstreaming» de género;
2. Proyectos que garanticen la efectiva conciliación de la vida familiar y laboral del personal, funcionario y/o laboral, de la corporación municipal;
3. Proyectos de incorporación de la perspectiva de género en iniciativas que tengan en cuenta la singularidad e idiosincrasia del municipio solicitante.
4. Proyectos para la implantación de estadísticas desagregadas por sexo;
5. Proyectos para la aplicación del enfoque de género en los presupuestos municipales;
6. Proyectos para la aplicación de cláusulas de observancia de la igualdad en los pliegos y en los criterios de valoración de los contratos públicos;
7. Proyectos para la implantación de lenguaje no sexista en los documentos administrativos;
Quinta.- Presentación de solicitudes y documentación.- Las Entidades Locales interesadas podrán formalizar sus peticiones, mediante presentación de Solicitud, conforme al modelo que figura en el Anexo I, en el Registro General de la Diputación Provincial, sito en la calle Tucumán 8, 03005 de Alicante.
Sexta.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). [del 30 de MARZO al 28 de ABRIL de 2010, a.i.]
Octava.- Instrucción del procedimiento y criterios de valoración.- La instrucción del procedimiento corresponde a la Diputada Provincial del Área de Mujer, Juventud, Drogodependencias y Residentes Europeos, siendo la Comisión Informativa de Bienestar Social, Juventud y Mujer, el órgano colegiado competente para emitir informe sobre la evaluación de las peticiones recibidas, sobre la base del informe emitido por la Unidad de Mujer atendiendo a los criterios de valoración expuestos a continuación:
CRITERIOS PUNTUACIÓN:
1. PARA TODOS LOS PROYECTOS.
1.1.- MUNICIPIOS CON MENOR NÚMERO DE POBLACIÓN DE DERECHO.
- HASTA 20.000 HABITANTES. 10 PUNTOS
DE 20.001 A 99.999 HABITANTES 5 PUNTOS
1.2.- PORCENTAJE DEL PRESUPUESTO DE LA CONCEJALÍA DE MUJER CON RESPECTO AL PRESUPUESTO MUNICIPAL TOTAL:
- HASTA EL 1% DEL PRESUPUESTO TOTAL MUNICIPAL VIGENTE. 10 PUNTOS
DEL 1% EN ADELANTE. 5 PUNTOS
2.- SEGÚN EL TIPO DE PROYECTO.
2.1.- PARA LOS PROYECTOS DE ELABORACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD REFERIDOS EN LA BASE 4.1.
FUNDAMENTACIÓN Y COHERENCIA DE LA MEMORIA DE PLAN PRESENTADA, TENIENDO EN CUENTA EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL PLAN, LOS EJES, LA EXTENSIÓN EN CUANTO AL NÚMERO DE ACCIONES PREVISTAS Y SU CONTENIDO. HASTA 20 PUNTOS
2.2.- PARA LOS PROYECTOS DE IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD YA APROBADOS CONTEMPLADOS EN LA BASE 4.2.
1- PROYECTO DE FORMACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y/O LABORAL EN «
MAINSTREAMING» DE GÉNERO HASTA 20 PUNTOS
2.- PROYECTO QUE GARANTICE LA EFECTIVA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y
LABORAL DEL PERSONAL, FUNCIONARIO Y/O LABORAL, DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL HASTA 20 PUNTOS
3.- PROYECTOS DE INCORPORACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN INICIATIVAS QUE TENGAN EN CUENTA LA SINGULARIDAD E IDIOSINCRASIA DEL MUNICIPIO SOLICITANTE. HASTA 20 PUNTOS
4- PROYECTO PARA LA IMPLANTACIÓN DE ESTADÍSTICAS DESAGREGADAS POR SEXO HASTA 10 PUNTOS
5.- PROYECTO PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO EN LOS PRESUPUESTOS MUNICIPALES HASTA 10 PUNTOS
6.- PROYECTO PARA LA APLICACIÓN DE CLÁUSULAS DE OBSERVANCIA DE LA IGUALDAD EN LOS PLIEGOS Y EN LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS CONTRATOS PÚBLICOS HASTA 5 PUNTOS
7.- PROYECTO PARA LA IMPLANTACIÓN DEL LENGUAJE NO SEXISTA EN LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS HASTA 5 PUNTOS
Primera.- Objeto.- Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante con población de derecho inferior a 100.000 habitantes, para coadyuvar a los gastos derivados de los proyectos de elaboración y/o implantación de Planes de Igualdad de Género de ámbito municipal, a desarrollar
entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2010.
Segunda.- Créditos presupuestarios. Cuantía máxima de ochenta mil euros (80.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención sin que, en ningún caso, pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
Tercera.- Requisitos de las entidades locales beneficiarias.- Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos que reúnan los requisitos siguientes:
1. Que el municipio pertenezca a la provincia de Alicante.
2. Que su población de derecho sea inferior a 100.000 habitantes.
3. Haber justificado la/s subvención/es concedida/s durante el ejercicio 2009, en su caso.
Cuarta.- Objeto de subvención.- Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad:
1.- La elaboración de un plan de igualdad de género de ámbito municipal, entendiendo por tal los trabajos de diagnósticos previos y la propia elaboración del plan.
2.- La implantación de un plan de igualdad de género de ámbito municipal en aquellos ayuntamientos que ya dispongan del mismo.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por implantación la incorporación del plan como política normalizada de la entidad local, es decir, la creación y puesta en marcha de instrumentos y procedimientos para la incorporación del plan y la perspectiva de género en la organización interna de la entidad local.
En particular, podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos encaminados a incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas del municipio a través de:
1. Proyectos de formación del personal funcionario y/o laboral en «mainstreaming» de género;
2. Proyectos que garanticen la efectiva conciliación de la vida familiar y laboral del personal, funcionario y/o laboral, de la corporación municipal;
3. Proyectos de incorporación de la perspectiva de género en iniciativas que tengan en cuenta la singularidad e idiosincrasia del municipio solicitante.
4. Proyectos para la implantación de estadísticas desagregadas por sexo;
5. Proyectos para la aplicación del enfoque de género en los presupuestos municipales;
6. Proyectos para la aplicación de cláusulas de observancia de la igualdad en los pliegos y en los criterios de valoración de los contratos públicos;
7. Proyectos para la implantación de lenguaje no sexista en los documentos administrativos;
Quinta.- Presentación de solicitudes y documentación.- Las Entidades Locales interesadas podrán formalizar sus peticiones, mediante presentación de Solicitud, conforme al modelo que figura en el Anexo I, en el Registro General de la Diputación Provincial, sito en la calle Tucumán 8, 03005 de Alicante.
Sexta.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). [del 30 de MARZO al 28 de ABRIL de 2010, a.i.]
Octava.- Instrucción del procedimiento y criterios de valoración.- La instrucción del procedimiento corresponde a la Diputada Provincial del Área de Mujer, Juventud, Drogodependencias y Residentes Europeos, siendo la Comisión Informativa de Bienestar Social, Juventud y Mujer, el órgano colegiado competente para emitir informe sobre la evaluación de las peticiones recibidas, sobre la base del informe emitido por la Unidad de Mujer atendiendo a los criterios de valoración expuestos a continuación:
CRITERIOS PUNTUACIÓN:
1. PARA TODOS LOS PROYECTOS.
1.1.- MUNICIPIOS CON MENOR NÚMERO DE POBLACIÓN DE DERECHO.
- HASTA 20.000 HABITANTES. 10 PUNTOS
DE 20.001 A 99.999 HABITANTES 5 PUNTOS
1.2.- PORCENTAJE DEL PRESUPUESTO DE LA CONCEJALÍA DE MUJER CON RESPECTO AL PRESUPUESTO MUNICIPAL TOTAL:
- HASTA EL 1% DEL PRESUPUESTO TOTAL MUNICIPAL VIGENTE. 10 PUNTOS
DEL 1% EN ADELANTE. 5 PUNTOS
2.- SEGÚN EL TIPO DE PROYECTO.
2.1.- PARA LOS PROYECTOS DE ELABORACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD REFERIDOS EN LA BASE 4.1.
FUNDAMENTACIÓN Y COHERENCIA DE LA MEMORIA DE PLAN PRESENTADA, TENIENDO EN CUENTA EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL PLAN, LOS EJES, LA EXTENSIÓN EN CUANTO AL NÚMERO DE ACCIONES PREVISTAS Y SU CONTENIDO. HASTA 20 PUNTOS
2.2.- PARA LOS PROYECTOS DE IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD YA APROBADOS CONTEMPLADOS EN LA BASE 4.2.
1- PROYECTO DE FORMACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y/O LABORAL EN «
MAINSTREAMING» DE GÉNERO HASTA 20 PUNTOS
2.- PROYECTO QUE GARANTICE LA EFECTIVA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y
LABORAL DEL PERSONAL, FUNCIONARIO Y/O LABORAL, DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL HASTA 20 PUNTOS
3.- PROYECTOS DE INCORPORACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN INICIATIVAS QUE TENGAN EN CUENTA LA SINGULARIDAD E IDIOSINCRASIA DEL MUNICIPIO SOLICITANTE. HASTA 20 PUNTOS
4- PROYECTO PARA LA IMPLANTACIÓN DE ESTADÍSTICAS DESAGREGADAS POR SEXO HASTA 10 PUNTOS
5.- PROYECTO PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO EN LOS PRESUPUESTOS MUNICIPALES HASTA 10 PUNTOS
6.- PROYECTO PARA LA APLICACIÓN DE CLÁUSULAS DE OBSERVANCIA DE LA IGUALDAD EN LOS PLIEGOS Y EN LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS CONTRATOS PÚBLICOS HASTA 5 PUNTOS
7.- PROYECTO PARA LA IMPLANTACIÓN DEL LENGUAJE NO SEXISTA EN LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS HASTA 5 PUNTOS
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