MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL
Personas en situación de dependencia
Real Decreto 373/2010, de 26 de marzo, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para el ejercicio 2010.
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Artículo único. Aportación de la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo de protección para el ejercicio 2010.
Se procede a la actualización de las cuantías señaladas para el nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada beneficiario del Sistema de grado III, Gran Dependencia, niveles 1 y 2, y grado II, Dependencia Severa, niveles 1 y 2, fijadas en el anexo, de conformidad con el incremento del 1 por 100 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), establecido en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
ANEXO
Expresión cuantificada de los niveles de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia 2010
Grado y nivel . . . . . . . . . . . Mínimo de protección garantizado – Euros
Grado III Gran Dependencia, nivel 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 266,57
Grado III Gran Dependencia, nivel 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 181,26
Grado II Dependencia Severa, nivel 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .103,02
Grado II Dependencia Severa, nivel 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70,70
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Personas en situación de dependencia
Real Decreto 373/2010, de 26 de marzo, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para el ejercicio 2010.
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Artículo único. Aportación de la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo de protección para el ejercicio 2010.
Se procede a la actualización de las cuantías señaladas para el nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada beneficiario del Sistema de grado III, Gran Dependencia, niveles 1 y 2, y grado II, Dependencia Severa, niveles 1 y 2, fijadas en el anexo, de conformidad con el incremento del 1 por 100 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), establecido en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
ANEXO
Expresión cuantificada de los niveles de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia 2010
Grado y nivel . . . . . . . . . . . Mínimo de protección garantizado – Euros
Grado III Gran Dependencia, nivel 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 266,57
Grado III Gran Dependencia, nivel 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 181,26
Grado II Dependencia Severa, nivel 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .103,02
Grado II Dependencia Severa, nivel 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70,70
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Real Decreto 374/2010, de 26 de marzo, sobre las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2010.
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Objeto.- Este real decreto tiene por objeto establecer las cuantías máximas de las prestaciones económicas por grado y nivel previstas en el capítulo II del título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para el ejercicio 2010.
Importe máximo de las prestaciones económicas del grado III, Gran Dependencia, niveles 1 y 2, y grado II, Dependencia Severa, niveles 1 y 2.- Se procede al desarrollo de las previsiones contenidas, en materia de revalorización de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en el Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. A tales efectos se revisan los importes fijados en el anexo del Real Decreto 73/2009, de 30 de enero sobre las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, en función de un incremento del IPC anual de 0,3 por ciento.
En consecuencia, para el año 2010 las cuantías máximas de las prestaciones económicas correspondientes al grado III, Gran Dependencia, niveles 1 y 2, y grado II, Dependencia Severa, niveles 1 y 2, serán las que se determinan en el anexo de este real decreto.
Cuotas a la Seguridad Social derivadas de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.- La cuota por Seguridad Social, incluida la correspondiente a Formación Profesional, que consta en el anexo de este real decreto en relación con la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, será abonada directamente por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Situaciones jurídicas preexistentes.- Asimismo, las prestaciones económicas reconocidas con anterioridad al ejercicio 2010, incrementarán la cuantía que vinieran percibiendo durante el ejercicio 2009 mediante la aplicación del incremento del IPC anual de 0,3 por ciento, con efectos desde el 1 de enero de 2010.
ANEXO - Cuantías máximas de las prestaciones económicas por grado y nivel para el año 2010
Prestación económica vinculada al servicio –(€/mes)
Importe máximo de las prestaciones económicas del grado III, Gran Dependencia, niveles 1 y 2, y grado II, Dependencia Severa, niveles 1 y 2.- Se procede al desarrollo de las previsiones contenidas, en materia de revalorización de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en el Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. A tales efectos se revisan los importes fijados en el anexo del Real Decreto 73/2009, de 30 de enero sobre las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, en función de un incremento del IPC anual de 0,3 por ciento.
En consecuencia, para el año 2010 las cuantías máximas de las prestaciones económicas correspondientes al grado III, Gran Dependencia, niveles 1 y 2, y grado II, Dependencia Severa, niveles 1 y 2, serán las que se determinan en el anexo de este real decreto.
Cuotas a la Seguridad Social derivadas de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.- La cuota por Seguridad Social, incluida la correspondiente a Formación Profesional, que consta en el anexo de este real decreto en relación con la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, será abonada directamente por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Situaciones jurídicas preexistentes.- Asimismo, las prestaciones económicas reconocidas con anterioridad al ejercicio 2010, incrementarán la cuantía que vinieran percibiendo durante el ejercicio 2009 mediante la aplicación del incremento del IPC anual de 0,3 por ciento, con efectos desde el 1 de enero de 2010.
ANEXO - Cuantías máximas de las prestaciones económicas por grado y nivel para el año 2010
Prestación económica vinculada al servicio –(€/mes)
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar ( €/mes)
Prestación económica de asistencia personal ( €/mes)
Grados y niveles _ Cuantía__ Cuantía__ Cuota SS+FP _____ Cuantía
Grado III nivel 2 . . 833,96 __ 520,69 __162,49 (161,01 + 1,48) _833,96
Grado III nivel 1 . . 625,47 __ 416,98 __162,49 (161,01 + 1,48) _625,47
Grado II nivel 2 . . . 462,18 __ 337,25 __162,49 (161,01 + 1,48)
Grado II nivel 1 . . . 401,20 __ 300,90 __162,49 (161,01 + 1,48)
Prestación económica de asistencia personal ( €/mes)
Grados y niveles _ Cuantía__ Cuantía__ Cuota SS+FP _____ Cuantía
Grado III nivel 2 . . 833,96 __ 520,69 __162,49 (161,01 + 1,48) _833,96
Grado III nivel 1 . . 625,47 __ 416,98 __162,49 (161,01 + 1,48) _625,47
Grado II nivel 2 . . . 462,18 __ 337,25 __162,49 (161,01 + 1,48)
Grado II nivel 1 . . . 401,20 __ 300,90 __162,49 (161,01 + 1,48)
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