viernes, 26 de marzo de 2010

carnés profesionales o certificados de cualificación individual que autorizan la instalación, montaje, mantenimiento, reparación, operación y otras ac

Primero.- Aprobar las bases de la convocatoria ordinaria 1/2010 de los exámenes teórico-prácticos a los que se refiere el Capítulo V de la Orden de 23 de abril de 1997 de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio, para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación individual que autorizan la instalación, montaje, mantenimiento, reparación, operación y otras actividades en materia de seguridad industrial, las cuales figuran en el Anexo I de la presente resolución y regular el procedimiento de expedición de los carnés profesionales vinculados a dichas pruebas.
Segundo.- Establecer un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana para la presentación de las solicitudes de admisión a las pruebas señaladas en el punto Primero de la presente resolución.[del 27 de MARZO al 21 de ABRIL de 2010, a.i.]
ANEXO I
Bases de las convocatorias y procedimiento de expedición de carnés profesionales
Las presentes bases regirán en la convocatoria ordinaria 1/2010 de las pruebas señaladas en el artículo 12 de la Orden de 23 de abril de 1997, de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio para la obtención de los carnés o certificados indicados en la base 1.
Base 1. Ámbito de aplicación.- Los carnés profesionales o certificados de cualificación individual, según corresponda, siguientes:
– TE: Carné profesional en Instalaciones Térmicas de Edificios.
– IPPL-I: Carné de Instalador Autorizado de Productos Petrolíferos Líquidos de Categoría I.
– IPPL-II: Carné de Instalador Autorizado de Productos Petrolíferos Líquidos de Categoría II.
– RPPL-III: Carné de Reparador Autorizado de Productos Petrolíferos Líquidos de Categoría III.

– FO: Carné de Instalador de Fontanería.
– GA: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría A, cuando se vaya a obtener por primera vez.
– GAR: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría A, cuando se solicite la renovación de un certificado expedido por esta Comunidad Autónoma por no haberse acreditado la realización de la actividad mínima exigida durante el período anterior de vigencia.
– GB: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría B, cuando se vaya a obtener por primera vez.
– GBR: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría B, cuando se solicite la renovación de un certificado expedido por esta Comunidad Autónoma por no haberse acreditado la realización de la actividad mínima exigida durante el período anterior de vigencia.
– GC: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría C, cuando se vaya a obtener por primera vez.
– GCR: Certificado de Cualificación Individual como Instalador de Gas categoría C, cuando se solicite la renovación de un certificadoexpedido por esta Comunidad Autónoma por no haberse acreditado la realización de la actividad mínima exigida durante el período anterior de vigencia.
– IBTB: Certificado de Cualificación Individual de Baja Tensión.
Categoría Básica.
– IBTE: Certificado de Cualificación Individual de Baja Tensión.
Categoría Especialista, en las nueve modalidades contempladas en la Resolución de 23 de abril de 2003 del director general de Industria y Energía (DOGV Núm. 4.502, de 19 de mayo de 2003).
– ILAT1: Carné profesional de Instalador de Líneas de Alta Tensión de categoría LAT1 (para líneas aéreas y subterráneas de alta tensión de hasta 30 kV).
– ILAT2: Carné profesional de Instalador de Líneas de Alta Tensión de categoría LAT2 (para líneas aéreas y subterráneas de alta tensión superior a 30 kV).
– FR: Carné de Instalador-Reparador Frigorista.
– OC: Carné de Operador Industrial de Calderas.
– GT: Carné de Operador de Grúa Torre (gruista).
– GMA: Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada. Categoría A.
– GMB: Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Categoría B.
– GMPA: Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.

Categoría A, Subcategoría de «puertos de la Comunitat Valenciana donde desarrollan su actividad las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba». (Subcategoría denominada con la codificación abreviada «de puertos»).
– GMPB: Carné de Operador de Grúa Móvil Autopropulsada.
Categoría B, Subcategoría de «puertos de la Comunitat Valenciana donde desarrollan su actividad las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba». (subcategoría denominada con la codificación abreviada «de puertos»).
Base 2. Requisitos de los candidatos.- 2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener cumplidos los dieciséis años y plena capacidad de obrar, excepto para las especialidades de “Operador Industrial de Calderas”, «Operador de Grúa Torre (gruista)», «Instalador Autorizado de Productos Petrolíferos Líquidos», en cualquiera de sus dos categorías I y II, «Reparador Autorizado de Productos Petrolíferos Líquidos de Categoría III», “Instalador de Líneas de Alta Tensión”, en cualquiera de sus dos categorías ILAT1 e ILAT2, y para el “carné profesional en Instalaciones Térmicas de Edificios” en las que se debe ser mayor de edad. Para la especialidad de «Operador de Grúa Móvil Autopropulsada», en cualquiera de sus categorías y, en su caso, subcategoría, en la que se deberá haber cumplido 18 años en el momento de realizar la solicitud del curso habilitador a que se refiere la base 2.1.2.
2.1.2 Acreditar poseer, o en condiciones de obtener, la titulación mínima y/o, en su caso, el certificado de superación de un curso habilitador impartido por un centro autorizado, que se indica para cada especialidad y categoría de carné o certificado de cualificación individual en el Anexo I de la Resolución de 9 de enero de 1996 de la Dirección General de Industria y Energía, (DOGV Núm. 2683, de 7 de febrero de 1996), teniendo en cuenta las modificaciones posteriores siguientes: ... (ver cada uno de los carnés y tipos)
Base 3. Presentación de solicitudes y documentación acreditativa de los requisitos.- 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas podrán optar por cumplimentar el impreso que aparece disponible en el sistema telemático de prerregistro de solicitudes en la dirección electrónica: http://www.indi.gva.es/portal/opencms/es/industria/listado_servicios.jsp en el apartado Servicios Online, enlace “Prerregistro de solicitudes de examen de instaladores”, o bien la instancia que aparece en el Anexo II, la cual será facilitada gratuitamente en los servicios territoriales de Industria e Innovación de las tres provincias, en la Dirección General de Industria e Innovación así como en cualquiera de las Oficinas PROP. La cumplimentación telemática del mencionado impreso supondrá el prerregistro administrativo de dicha información.
La relación de documentos exigidos y de titulaciones recogidas en el modelo de solicitud que figura en el mencionado Anexo II tiene carácter informativo debiéndose estar, en todo caso, a lo dispuesto en la regulación explicitada en la Base 2.

* Asimismo, se podrá consultar individualmente, introduciendo los datos personales oportunos, la admisión o exclusión provisional al examen en la dirección electrónica
http://www.indi.gva.es/portal/opencms/es/industria/Carnets_de_instaladores_001.html
e igualmente podrá realizarse esta consulta individual llamando al número de teléfono 012 de la Generalitat, aportando los datos necesarios para identificar la o las solicitudes formuladas.
ANEXO III
Centros de información para la obtención del carné o certificado de cualificación individual de instalador/mantenedor/reparador/operador y otras actividades en materia de seguridad industrial dependientes de la conselleria de industria, comercio e innovación
Alicante
Servicio Territorial de Industria e Innovación
C/ Churruca, 29
03003 ALICANTE
Telf.: 965 934 000 - Fax: 965 934 801
Castellón
Servicio Territorial de Industria e Innovación
C/ Cavallers, 8
12001 CASTELLÓN
Telf: 964 358 000 - Fax: 964 357 901
Valencia
Servicio Territorial de Industria e Innovación
C/ Gregorio Gea, 27
46009 VALENCIA

Telf: 963 866 000 - Fax: 963 866 806
Dirección General de Industria e Innovación
C/ Colón, 32
46004 VALENCIA

Telf: 963 866 000 - Fax: 963 866 806

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