Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva. RESOLUCIÓ de 19 de febrer de 2010, del president de l’Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva, per la qual s’aprova la convocatòria corresponent a l’any 2010, d’avaluació per a la contractació de professorat en les universitats valencianes, en les figures de professora o professor contractat doctor, professora o professor ajudant doctor, professora o professor d’universitat privada i professora o professor col·laborador. [2010/2128]
RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2010, del presidente de la Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2010, de evaluación para la contratación de profesorado en las universidades valencianas, en las figuras de profesora o profesor contratado doctor, profesora o profesor ayudante doctor, profesora o profesor de universidad privada y profesora o profesor colaborador. [2010/2128]
RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2010, del presidente de la Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2010, de evaluación para la contratación de profesorado en las universidades valencianas, en las figuras de profesora o profesor contratado doctor, profesora o profesor ayudante doctor, profesora o profesor de universidad privada y profesora o profesor colaborador. [2010/2128]
ANEXO I
NORMAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO EN LAS UNIVERSIDADES VALENCIANAS
1. Personas destinatarias.- El sistema será de aplicación a todas aquellas personas que, con arreglo a la Ley 6/2001, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, soliciten a la AVAP evaluación para ser contratadas por las universidades de la Comunitat Valenciana en cualquiera de las siguientes figuras: profesora o profesor ayudante doctor, profesora o profesor contratado doctor, profesora o profesor de universidad privada y profesora o profesor colaborador.
2. Requisitos.- Los requisitos que han de reunir las personas solicitantes para obtener la evaluación positiva de la AVAP se indican a continuación, diferenciados para cada figura contractual de profesorado.
2.1. Profesora o profesor contratado doctor y profesora o profesor doctor de universidad privada:
2.1.1. Estar en posesión del título de doctorado, o en su caso, de su homologación en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación establecida en la presente convocatoria.
2.1.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 55 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cuatro criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.1 de esta convocatoria.
2.2. Profesora o profesor ayudante doctor:
2.2.1. Estar en posesión del título de doctorado, o en su caso, de su homologación, en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación establecida en la presente convocatoria.
2.2.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 50 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cuatro criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.2 de esta convocatoria.
2.3. Profesora o profesor colaborador:
2.3.1. Estar en posesión del título de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación establecido en la presente convocatoria. El hecho de estar en posesión del título de licenciatura, arquitectura o ingeniería, no se entenderá, a estos efectos, como que se está en posesión de la titulación de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica.2.3.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 55 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cinco criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.3 de esta convocatoria.
3. Solicitudes.- 3.1. El impreso de solicitud (conforme al modelo normalizado que figura en el anexo II de esta convocatoria), se podrá obtener en la página web ( www.avap.es )y en la sede de la AVAP, sita en la plaza de Tetuán, número 8, de Valencia.
NORMAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO EN LAS UNIVERSIDADES VALENCIANAS
1. Personas destinatarias.- El sistema será de aplicación a todas aquellas personas que, con arreglo a la Ley 6/2001, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, soliciten a la AVAP evaluación para ser contratadas por las universidades de la Comunitat Valenciana en cualquiera de las siguientes figuras: profesora o profesor ayudante doctor, profesora o profesor contratado doctor, profesora o profesor de universidad privada y profesora o profesor colaborador.
2. Requisitos.- Los requisitos que han de reunir las personas solicitantes para obtener la evaluación positiva de la AVAP se indican a continuación, diferenciados para cada figura contractual de profesorado.
2.1. Profesora o profesor contratado doctor y profesora o profesor doctor de universidad privada:
2.1.1. Estar en posesión del título de doctorado, o en su caso, de su homologación en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación establecida en la presente convocatoria.
2.1.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 55 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cuatro criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.1 de esta convocatoria.
2.2. Profesora o profesor ayudante doctor:
2.2.1. Estar en posesión del título de doctorado, o en su caso, de su homologación, en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación establecida en la presente convocatoria.
2.2.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 50 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cuatro criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.2 de esta convocatoria.
2.3. Profesora o profesor colaborador:
2.3.1. Estar en posesión del título de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación establecido en la presente convocatoria. El hecho de estar en posesión del título de licenciatura, arquitectura o ingeniería, no se entenderá, a estos efectos, como que se está en posesión de la titulación de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica.2.3.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 55 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cinco criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.3 de esta convocatoria.
3. Solicitudes.- 3.1. El impreso de solicitud (conforme al modelo normalizado que figura en el anexo II de esta convocatoria), se podrá obtener en la página web ( www.avap.es )
5. Presentación de solicitudes.- 5.1. Las solicitudes de evaluación se podrán presentar en los periodos siguientes:
a) Primera convocatoria: desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana hasta el 31 de marzo de 2010, ambos incluidos. b) Segunda convocatoria: del 1 al 30 de septiembre de 2010, ambos incluidos.
a) Primera convocatoria: desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana hasta el 31 de marzo de 2010, ambos incluidos. b) Segunda convocatoria: del 1 al 30 de septiembre de 2010, ambos incluidos.
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