jueves, 4 de marzo de 2010

subvencions per a l’adquisició i la reposició d’instruments musicals durant l’any 2010. Institut Valencià de la Música .

Institut Valencià de la Música
RESOLUCIÓ de 10 de febrer de 2010, de la presidenta de l’Institut Valencià de la Música, per la qual es convoquen subvencions per a l’adquisició i la reposició d’instruments musicals durant l’any 2010. [2010/2277]
RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2010, de la presidenta del Instituto Valenciano de la Música, por la que se convocan subvenciones para la adquisición y reposición de instrumentos musicales para el año 2010. [2010/2277]
ANEXO I
Bases de la convocatoria publica para la concesión de subvenciones para la adquisición y reposición de instrumentos musicales por parte de las asociaciones musicales sin ánimo de lucro, entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la difusión musical y administraciones públicas municipales dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana durante el año 2010.
Objeto, importe y número de ayudas.- 1. La presente convocatoria tiene por objeto potenciar la adquisición y reposición de instrumentos musicales que se realicen durante el año 2010.
2. Se podrá conceder un máximo de 37 ayudas. La cuantía de la totalidad de las ayudas a conceder no podrá exceder de los 109.510 euros previstos en la línea de subvención SE000828 del presupuesto del Instituto Valenciano de la Música para el 2010, con el siguiente desglose:
2.1. Para asociaciones musicales sin ánimo de lucro que formen parte de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana (FSMCV), un número mínimo de 30 ayudas, hasta completar la cantidad 88.700€.
En ningún caso el importe de cualquiera de ellas será superior a 12.000 euros.
2.2. Para administraciones públicas municipales, para su programación de difusión musical, y para entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la difusión musical, un número de 7 ayudas, hasta completar la cantidad de 20.810€
El importe de las ayudas para administraciones públicas municipales en ningún caso será superior a 16.000 euros y el correspondiente a las entidades sin ánimo de lucro no podrá superar los 12.000 euros.
Las cantidades no dispuestas de cualquiera de los apartados anteriores podrán aplicarse, de resultar ello necesario, al que resulte deficitario, sin que se supere nunca globalmente la cantidad máxima de 109.510€.
Beneficiarios.- Dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las condiciones y criterios que establecen las presentes bases, podrán obtener estas ayudas las administraciones públicas, entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunitat Valenciana que pretendan adquirir instrumentos musicales objeto de esta Convocatoria durante el año 2010, que reúnan las siguientes características:
a) Administraciones públicas municipales que sean titulares de una infraestructura musical como auditorio, teatro, casa de cultura, etc., en la que se programen habitualmente espectáculos de carácter musical, para la adquisición de instrumentos de tecla (órgano positivo, clavecín, piano de concierto) con destino directo y permanente en esa infraestructura y para sus programaciones de difusión musical.
b) Sociedades musicales que formen parte de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana para la adquisición de todo tipo de instrumentos para su utilización en la banda de música y escuela de música y educandos de la que son titulares.
c) Entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la difusión musical que programen habitualmente conciertos, como sociedades filarmónicas, asociaciones de amigos de la música, sociedades corales, agrupaciones instrumentales, etc., para la adquisición de instrumentos para su destino directo y permanente en su infraestructura y para las programaciones que realicen de difusión musical.
Los solicitantes deberán acreditar en el plazo señalado para la presentación de solicitudes que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre de 2003).
Dicha acreditación se efectuará en los términos previstos en el artículo 13.7 de la citada Ley, de conformidad con el modelo de declaración que se acompaña como Anexo III.
Solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días. a contar
desde el día siguiente al de publicación de la presente Convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 5 al ...... de MARZO de 2010, a.i.]
2. Las solicitudes dirigidas al Institut Valencià de la Música, podrán presentarse en el Institut Valencià de la Música, en Plaza de Viriato s/nº, 46001 Valencia, y en la Conselleria de Cultura i Esport, av. de Campanar, 32, 46015 Valencia, en las Direcciones Territoriales de Cultura i Esport de Alacant (C/Carratalá, 47, 03007 Alacant), Castelló de la Plana (av. del Mar, 23, 12003 Castelló de la Plana) y Valencia (Plaza de Viriato s/nº, 46001 Valencia).
Institut Valencià de la Música : fax nº 963 184 461

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia