Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació
ORDRE 15/2010, de 26 d'abril, de la Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació, per la qual es regula el desenvolupament d'accions de formació professional per a l'ocupació de caràcter semipresencial, i es convoquen ajudes per a l'any 2010. [2010/4728] (pdf 1.957KB)
ORDRE 15/2010, de 26 d'abril, de la Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació, per la qual es regula el desenvolupament d'accions de formació professional per a l'ocupació de caràcter semipresencial, i es convoquen ajudes per a l'any 2010. [2010/4728] (pdf 1.957KB)
Objeto.- La presente orden tiene por objeto establecer el marco regulador durante el ejercicio 2010, para el desarrollo de acciones formativas de carácter semipresencial que favorezcan la cualificación profesional de los trabajadores prioritariamente desempleados, sin perjuicio de la participación en estas acciones de trabajadores ocupados, hasta un porcentaje máximo del 30% en cada acción.
Destinatarios.- Podrán participar en los cursos aquellas personas que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes en los Centros de Empleo del Servicio Valenciano de Empleo y Formación (en adelante SERVEF), en el momento de su incorporación a la acción formativa, así como también trabajadores ocupados. En cualquier caso, los trabajadores desempleados que cumplan el perfil requerido por la correspondiente especialidad formativa, tendrán preferencia en la selección de los alumnos respecto de los trabajadores ocupados.
La situación laboral del trabajador participante en una acción formativa en el momento de iniciarse la misma, determinará su condición de trabajador desempleado u ocupado.
Destinatarios.- Podrán participar en los cursos aquellas personas que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes en los Centros de Empleo del Servicio Valenciano de Empleo y Formación (en adelante SERVEF), en el momento de su incorporación a la acción formativa, así como también trabajadores ocupados. En cualquier caso, los trabajadores desempleados que cumplan el perfil requerido por la correspondiente especialidad formativa, tendrán preferencia en la selección de los alumnos respecto de los trabajadores ocupados.
La situación laboral del trabajador participante en una acción formativa en el momento de iniciarse la misma, determinará su condición de trabajador desempleado u ocupado.
Entidades beneficiarias.- 1. Podrán solicitar las ayudas contempladas en la presente orden
los centros colaboradores homologados en las especialidades correspondientes con anterioridad a la presentación de solicitudes.
2. Quienes aspiren a ser perceptores de las ayudas deberán reunir, además, los requisitos siguientes:
a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social en los términos establecidos por la Orden de la Conselleria de Economía y Hacienda de 30 de mayo de 1996.
b) Acreditar capacidad suficiente de medios materiales, informáticos, humanos y organizativos para cumplir con los objetivos establecidos en el programa
c) Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, la exención de dicha obligación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas reguladas en la presente orden será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente en el Diari Oficial de la Comunitat [del 4 de Mayo al 2 de Junio de 2010, a.i.] , dirigiéndose al SERVEF y presentándose en modelo normalizado en la Dirección General del SERVEF, o en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo.
los centros colaboradores homologados en las especialidades correspondientes con anterioridad a la presentación de solicitudes.
2. Quienes aspiren a ser perceptores de las ayudas deberán reunir, además, los requisitos siguientes:
a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social en los términos establecidos por la Orden de la Conselleria de Economía y Hacienda de 30 de mayo de 1996.
b) Acreditar capacidad suficiente de medios materiales, informáticos, humanos y organizativos para cumplir con los objetivos establecidos en el programa
c) Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, la exención de dicha obligación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas reguladas en la presente orden será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente en el Diari Oficial de la Comunitat [del 4 de Mayo al 2 de Junio de 2010, a.i.] , dirigiéndose al SERVEF y presentándose en modelo normalizado en la Dirección General del SERVEF, o en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo.
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