MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas
Resolución de 1 de febrero de 2010, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica la convocatoria de ayudas del programa de becas predoctorales para la formación de personal investigador, en el marco del programa de formación de Astrofísicos Residentes.
PDF (BOE-A-2010-3335 - 15 págs. - 710 KB)
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Primero. Objeto, finalidad y destinatarios.- 1. La presente Resolución tiene por objeto regular la convocatoria correspondiente a 2010 para la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas para la formación en el ámbito científico y técnico, mediante el fomento y promoción de actividades vinculadas a la investigación científica, al desarrollo tecnológico y la innovación, de aquellos titulados superiores que deseen realizar una tesis doctoral asociada al programa de «Astrofísicos Residentes del IAC».
Se convocan, en consecuencia, seis Becas del programa de «Astrofísicos Residentes del IAC» para la realización de tesis doctorales en Astrofísica.
2. Las ayudas están destinadas a facilitar una ayuda económica a licenciados recientes para investigar en Astrofísica y en las técnicas relacionadas con ella. Durante el tiempo de formación, y bajo la supervisión de su Director de Tesis, completarán los estudios del Máster en Astrofísica, y llevarán a cabo la investigación conducente a una tesis doctoral integrándose para ello en grupos de investigación del Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC).
3. La descripción (líneas de investigación, medios y centros) de las becas del programa de astrofísicos residentes se incluye en el anexo IV y, en detalle, se puede consultar en la página web ( http://www.iac.es ) o en el tablón de anuncios del IAC (c/. Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna).
4. Las ayudas están destinadas a Titulados Superiores, preferentemente en Física o Matemáticas, que hayan terminado, o estén en condiciones de obtener el título antes de su incorporación al IAC. La fecha de fin de estudios para licenciados o ingenieros superiores debe ser posterior a 30 de septiembre de 2008, excepto para aspirantes extracomunitarios, los cuales tendrán que acreditar que han finalizado sus estudios en fecha posterior al 30 de septiembre del 2009. En cualquier caso, los solicitantes deben estar inscritos o en condiciones de inscribirse en un programa oficial de Postgrado en materias afines a las contenidas en el Máster de Astrofísica de la Universidad de La Laguna.
Segundo. Requisitos de los solicitantes.–Para optar a las presentes ayudas de formación, serán necesarios los siguientes requisitos:
1. Poseer la nacionalidad española, o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
No obstante podrán ser admitidos al procedimiento quienes no cumplan ninguno de los requisitos anteriores si, en caso de ser seleccionados, en el momento de incorporarse están en posesión del correspondiente visado de estudios expedido por la Embajada española en el país de origen que les habilite para la obtención de la correspondiente tarjeta de residencia para estudiantes.
2. Estar en posesión o en condiciones de obtener del título exigido en la base primera, punto quinto.
Un aspirante está en condiciones de obtener el título cuando cumpla todos los requisitos académicos exigidos para su expedición y así lo acredite mediante el abono de los derechos del título antes del 1 de septiembre de 2010, sin perjuicio de aportar después el título correspondiente una vez expedido.
3. Haber finalizado los estudios a que se refiere el apartado anterior en fecha posterior al 30 de septiembre de 2008, excepto para aspirantes extracomunitarios, los cuales tendrán que acreditar que han finalizado sus estudios en fecha posterior al 30 de septiembre del 2009.
4. No haber sido contratado en prácticas con anterioridad en base a la misma titulación que habilite profesionalmente para la celebración del contrato en prácticas durante el tercer y cuarto año del programa de Astrofísicos Residentes.
5. Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de la actividad formativa que constituye el objeto de la ayuda.
Resolución de 1 de febrero de 2010, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica la convocatoria de ayudas del programa de becas predoctorales para la formación de personal investigador, en el marco del programa de formación de Astrofísicos Residentes.
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Primero. Objeto, finalidad y destinatarios.- 1. La presente Resolución tiene por objeto regular la convocatoria correspondiente a 2010 para la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas para la formación en el ámbito científico y técnico, mediante el fomento y promoción de actividades vinculadas a la investigación científica, al desarrollo tecnológico y la innovación, de aquellos titulados superiores que deseen realizar una tesis doctoral asociada al programa de «Astrofísicos Residentes del IAC».
Se convocan, en consecuencia, seis Becas del programa de «Astrofísicos Residentes del IAC» para la realización de tesis doctorales en Astrofísica.
2. Las ayudas están destinadas a facilitar una ayuda económica a licenciados recientes para investigar en Astrofísica y en las técnicas relacionadas con ella. Durante el tiempo de formación, y bajo la supervisión de su Director de Tesis, completarán los estudios del Máster en Astrofísica, y llevarán a cabo la investigación conducente a una tesis doctoral integrándose para ello en grupos de investigación del Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC).
3. La descripción (líneas de investigación, medios y centros) de las becas del programa de astrofísicos residentes se incluye en el anexo IV y, en detalle, se puede consultar en la página web ( http://www.iac.es ) o en el tablón de anuncios del IAC (c/. Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna).
4. Las ayudas están destinadas a Titulados Superiores, preferentemente en Física o Matemáticas, que hayan terminado, o estén en condiciones de obtener el título antes de su incorporación al IAC. La fecha de fin de estudios para licenciados o ingenieros superiores debe ser posterior a 30 de septiembre de 2008, excepto para aspirantes extracomunitarios, los cuales tendrán que acreditar que han finalizado sus estudios en fecha posterior al 30 de septiembre del 2009. En cualquier caso, los solicitantes deben estar inscritos o en condiciones de inscribirse en un programa oficial de Postgrado en materias afines a las contenidas en el Máster de Astrofísica de la Universidad de La Laguna.
Segundo. Requisitos de los solicitantes.–Para optar a las presentes ayudas de formación, serán necesarios los siguientes requisitos:
1. Poseer la nacionalidad española, o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
No obstante podrán ser admitidos al procedimiento quienes no cumplan ninguno de los requisitos anteriores si, en caso de ser seleccionados, en el momento de incorporarse están en posesión del correspondiente visado de estudios expedido por la Embajada española en el país de origen que les habilite para la obtención de la correspondiente tarjeta de residencia para estudiantes.
2. Estar en posesión o en condiciones de obtener del título exigido en la base primera, punto quinto.
Un aspirante está en condiciones de obtener el título cuando cumpla todos los requisitos académicos exigidos para su expedición y así lo acredite mediante el abono de los derechos del título antes del 1 de septiembre de 2010, sin perjuicio de aportar después el título correspondiente una vez expedido.
3. Haber finalizado los estudios a que se refiere el apartado anterior en fecha posterior al 30 de septiembre de 2008, excepto para aspirantes extracomunitarios, los cuales tendrán que acreditar que han finalizado sus estudios en fecha posterior al 30 de septiembre del 2009.
4. No haber sido contratado en prácticas con anterioridad en base a la misma titulación que habilite profesionalmente para la celebración del contrato en prácticas durante el tercer y cuarto año del programa de Astrofísicos Residentes.
5. Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de la actividad formativa que constituye el objeto de la ayuda.
Noveno. Duración del Programa de Astrofísicos Residentes.- La duración del Programa de Astrofísicos Residentes será de cuarenta y ocho meses, contando a partir de la fecha de incorporación del personal investigador en formación al IAC, y se estructura en dos periodos diferenciados:
a) Un primer periodo de beca con una duración de 24 meses (B1 y B2). Esta ayuda tendrá las características de una beca y durante la misma, los Astrofísicos Residentes del IAC deberán completar los estudios del Máster en Astrofísica o superar el periodo de formación en investigación astrofísica y las evaluaciones anuales.
El Astrofísico residente que hubiera obtenido Máster en Astrofísica con anterioridad a la finalización de los dos primeros años de beca, no accederá a la fase de contrato hasta que complete el periodo mínimo de dos años de beca.
b) Un segundo periodo de contrato laboral en prácticas, que comprenderá como máximo dos años. El IAC, formalizará, con los Astrofísicos Residentes del IAC, que estén en posesión del Máster en Astrofísica o documento sustitutivo y que hayan superado el tiempo de dos años del periodo de beca, un contrato de trabajo en prácticas en virtud del cual el investigador quedará vinculado al IAC, donde desarrollará su tesis doctoral, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que del mismo se deriven, y que en todo caso se adecuarán al contenido de la solicitud de ayuda.
Con carácter excepcional, y siempre que se hayan cumplido los dos años de beca, el IAC formalizará un contrato en prácticas sin que el becario afectado haya obtenido el título de Máster en Astrofísica o documento sustitutivo, siempre que su actividad científica sea evaluada positivamente por los miembros Doctores de la Comisión de Enseñanza del IAC (anexo V).
Décimo. Dotación de las ayudas.- 1. Durante el periodo de beca la cuantía de las ayudas será (importe íntegro 2009):
a) Astrofísico Residente de Primer año (B1): de 15.729,00 euros anuales íntegros.
b) Astrofísico Residente de Segundo año (B2): de 18.107,76 euros anuales íntegros.
Las cantidades reflejadas corresponden a euros 2009 y podrán ser objeto de actualización, mediante Resolución de la Dirección del IAC.
a) Un primer periodo de beca con una duración de 24 meses (B1 y B2). Esta ayuda tendrá las características de una beca y durante la misma, los Astrofísicos Residentes del IAC deberán completar los estudios del Máster en Astrofísica o superar el periodo de formación en investigación astrofísica y las evaluaciones anuales.
El Astrofísico residente que hubiera obtenido Máster en Astrofísica con anterioridad a la finalización de los dos primeros años de beca, no accederá a la fase de contrato hasta que complete el periodo mínimo de dos años de beca.
b) Un segundo periodo de contrato laboral en prácticas, que comprenderá como máximo dos años. El IAC, formalizará, con los Astrofísicos Residentes del IAC, que estén en posesión del Máster en Astrofísica o documento sustitutivo y que hayan superado el tiempo de dos años del periodo de beca, un contrato de trabajo en prácticas en virtud del cual el investigador quedará vinculado al IAC, donde desarrollará su tesis doctoral, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que del mismo se deriven, y que en todo caso se adecuarán al contenido de la solicitud de ayuda.
Con carácter excepcional, y siempre que se hayan cumplido los dos años de beca, el IAC formalizará un contrato en prácticas sin que el becario afectado haya obtenido el título de Máster en Astrofísica o documento sustitutivo, siempre que su actividad científica sea evaluada positivamente por los miembros Doctores de la Comisión de Enseñanza del IAC (anexo V).
Décimo. Dotación de las ayudas.- 1. Durante el periodo de beca la cuantía de las ayudas será (importe íntegro 2009):
a) Astrofísico Residente de Primer año (B1): de 15.729,00 euros anuales íntegros.
b) Astrofísico Residente de Segundo año (B2): de 18.107,76 euros anuales íntegros.
Las cantidades reflejadas corresponden a euros 2009 y podrán ser objeto de actualización, mediante Resolución de la Dirección del IAC.
4. En el periodo de contrato la cuantía del mismo, correspondiente a 14 mensualidades por año, para los contratos formalizados en el IAC, serán a fecha de esta convocatoria las siguientes:
a) Astrofísico Residente de tercer año (R1): de 21.586,02 euros anuales íntegros.
b) Astrofísico Residente de cuarto año (R2): de 23.686,02 euros anuales íntegros.
Las cantidades reflejadas corresponden a euros 2009 pendientes de actualización.
a) Astrofísico Residente de tercer año (R1): de 21.586,02 euros anuales íntegros.
b) Astrofísico Residente de cuarto año (R2): de 23.686,02 euros anuales íntegros.
Las cantidades reflejadas corresponden a euros 2009 pendientes de actualización.
6. Ayudas complementarias:
a) El IAC proporcionará a los beneficiarios un seguro privado de accidentes.
b) Ayuda de Incorporación, la cual incluye los siguientes conceptos: billete de avión (siempre que fuere tramitado por el I.A.C.), módulo de estancia de dos semanas (siempre que fuere tramitado por el I.A.C.) y módulo de manutención de dos semanas. La ayuda de incorporación no podrá superar, en ningún caso, los 1.250 euros (mil doscientos cincuenta euros).
Undécimo. Formalización de solicitudes.- 1. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 2 de MARZO al 1 de ABRIL de 2010, a.i.]
2. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del IAC o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante Ley 30/92), e irán dirigidas al Sr. Director del IAC (c/. Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna).
a) El IAC proporcionará a los beneficiarios un seguro privado de accidentes.
b) Ayuda de Incorporación, la cual incluye los siguientes conceptos: billete de avión (siempre que fuere tramitado por el I.A.C.), módulo de estancia de dos semanas (siempre que fuere tramitado por el I.A.C.) y módulo de manutención de dos semanas. La ayuda de incorporación no podrá superar, en ningún caso, los 1.250 euros (mil doscientos cincuenta euros).
Undécimo. Formalización de solicitudes.- 1. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 2 de MARZO al 1 de ABRIL de 2010, a.i.]
2. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del IAC o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante Ley 30/92), e irán dirigidas al Sr. Director del IAC (c/. Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna).
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