sábado, 17 de abril de 2010

ajudes a les galeries d'art valencianes per a participar en fires d'art nacionals i internacionals.

El importe global máximo de estas ayudas es de 84.000,00 €.
ANEXO I
Bases de la convocatoria pública para la concesión de ayudas a las galerías de arte valencianas para su participación en ferias de arte nacionales e internacionales
Primera. Objeto.- 1. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas a las galerías de arte domiciliadas en la Comunitat Valenciana para su participación en ferias de arte nacionales e internacionales.
2. A efectos de las presentes bases reguladoras, se entienden como galerías de arte las personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal la exposición abierta al público de obras de arte con finalidad comercial. La Secretaría Autonómica de Cultura podrá solicitar la acreditación de esta circunstancia en caso de que lo considere necesario.
Cuarta. Beneficiarios y requisitos.- Dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las condiciones y criterios que establecen las presentes bases, podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas por la presente orden las personas físicas o jurídicas de carácter privado titulares de galerías de arte que participen en ferias de arte nacionales e internacionales en el ejercicio 2010, que estén ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana y que no incurran en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinta. Conceptos subvencionables.- a) Los gastos que se deriven de la contratación de suelo en aquellas ferias en las que este concepto tenga carácter obligatorio.
b) Los gastos derivados de las acreditaciones y derechos de inscripción, en su caso.
c) Los gastos correspondientes al diseño, montaje y desmontaje del stand y elaboración de material publicitario y material promocional en relación con la presencia de la galería en la feria de que se trate.
d) Servicios para la gestión del stand: seguros, consumo de energía eléctrica, inserción de datos o publicidad en catálogo, limpieza del stand y azafatas y el transporte de la carga.
e) Gastos de desplazamiento y estancia en el lugar de celebración de la feria correspondiente para dos personas durante las fechas de celebración de la misma (quedando expresamente excluidos los gastos de taxi, los peajes y los de aparcamiento).

Séptima. Presentación de solicitudes.- 1. Cada galería de arte podrá presentar solicitud de subvención para un máximo de dos ferias internacionales y tres nacionales.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 17 de ABRIL al 17 de MAYO de 20120, a.i.]
3. Las solicitudes, que se formularán según el modelo del impreso normalizado que se adjunta a la presente como Anexo II, se dirigirán a la Secretaría Autonómica de Cultura de la Conselleria de Cultura y Deporte.

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