martes, 27 de abril de 2010

ajudes per al suport al transport públic per carretera en desenvolupament de l'Estratègia Logística de la Generalitat i s'aproven les bases per a la r

Conselleria d'Infraestructures i Transport
ORDE 11/2010, de 20 d'abril, de la Conselleria d'Infraestructures i Transport, per la qual es convoquen ajudes per al suport al transport públic per carretera en desenvolupament de l'Estratègia Logística de la Generalitat i s'aproven les bases per a la regulació de les citades ajudes. [2010/4488] (pdf 1.493KB)
Convocatoria.- Convocar la concesión de ayudas dirigidas al apoyo del sector del transporte público por carretera mediante el fomento de la formación general de transportistas y el impulso de actividades dirigidas a mejorar la calidad en la prestación y gestión de los servicios de transporte por carretera.
Aprobación de las bases.- Aprobar las bases por las que se regula la presente convocatoria
de subvenciones, que figuran como anexo I de la presente orden, así como el modelo de instancia, incluido como anexo II.
Financiación de las ayudas.- El importe global máximo de las ayudas convocadas asciende a un total de un millón ochocientos treinta y tres mil novecientos ochenta euros (1.833.980 €).
Importe de las ayudas.- El módulo unitario de ayuda a aplicar en el caso de operadores de transporte, para cada tarjeta de vehículo o copia certificada del vehículo relativa a cada autorización de empresa, será el siguiente:
– 800 € (ochocientos euros) por cada vehículo de autorización MDP.
– 110 € (ciento diez euros)
por cada vehículo de autorización MDL.
– 450 € (cuatrocientos cincuenta euros) por cada vehículo de autorización VD.
– 650 € (seiscientos cincuenta euros)
por cada vehículo de autorización VT.
En el caso de la línea de actuación recogida en la base 1.f la cuantía de la subvención será de mil doscientos cincuenta euros (1.250 €) por cada autorización de transporte ya existente y transmitida a la empresa.
En el caso de asociaciones de empresas transportistas, la ayuda será un porcentaje del gasto acreditado en la seguridad, formación, promoción o difusión para la mejora del sector, de acuerdo con lo que se especifica en las correspondientes bases reguladoras.
Solicitud.- Las solicitudes de ayuda se formalizarán obligatoriamente mediante instancia dirigida a la Dirección General de Transportes y Logística, en impreso normalizado, según el modelo que figura como anexo II de la presente orden y que podrá obtenerse a través de la página web de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte (< www.cit.gva.es >).
La instancia de solicitud será única por cada solicitante y deberá consignarse en ella la totalidad de los datos e información requerida de acuerdo con las bases que rigen la presente convocatoria. Plazo presentación solicitud.- El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 28 de Abril al 27 de Mayo de 2010, a.i.]
La presentación de la solicitud implica la plena aceptación de las condiciones establecidas en la convocatoria así como de las bases que se aprueban mediante la presente orden.
ANEXO I
Bases que regulan las ayudas para el apoyo al transporte público por carretera en desarrollo de la Estrategia Logística de la Generalitat
1. Objeto.- Estas ayudas tienen por objeto apoyar la modernización del sector del transporte público por carretera en la Comunitat Valenciana a través de las siguientes líneas de actuación:
a. Incorporación de sistemas de calidad o medioambientales, certificados de conformidad con las normas ISO, UNE 9001, 14001 ó 13816 o EMAS, así como en el caso de transportistas autónomos, la disposición del Manual del conductor de la Guía para la implantación de la ISO 9001/2000 en PYMES de transporte de mercancías por carretera, o formación del personal en el campo de las nuevas tecnologías.
b. Introducción de nuevas tecnologías en el sistema de gestión de la empresa.
c. Implantación de sistemas de control y gestión de flotas.
d. Aplicación e introducción de servicios de seguridad en las instalaciones y sistemas de prevención de riesgos laborales.
e. Formación general de transportistas.
f. Reorientación hacia la logística a través de la integración, en la estructura empresarial, de actividades vinculadas a la logística portuaria.
g. Realización de actividades de promoción y difusión de los servicios para la mejora de la competitividad del sector.

La concesión de estas ayudas se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
2. Beneficiarios.- Se distinguen dos tipos de beneficiarios:
a. Operadores de transporte: podrán optar a las ayudas las personas físicas o jurídicas cuyo domicilio fiscal esté radicado en la Comunitat Valenciana, que dispongan de autorizaciones de transporte público en vigor de las clases MDL, MDP, VD o VT otorgadas por la Conselleria de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat. Las tarjetas y autorizaciones a que se refiere este artículo no podrán en ningún caso encontrarse en situación de suspensión.
b. Asociaciones o federaciones de transporte: podrán optar a las ayudas las asociaciones o federaciones de transporte público representativas en la Comunitat Valenciana, por las actuaciones de introducción de servicios de seguridad en las instalaciones y sistemas de prevención de riesgos laborales (apartado d), formación (apartado e) y promoción y difusión de sus servicios (apartado g) de la base primera.
Dichas condiciones se deberán, como mínimo, cumplir desde el plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha de la resolución concediendo en su caso la subvención.
En ningún caso podrá ser beneficiario de la subvención la persona física o jurídica, o la entidad que incurra en alguno de los supuestos señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Cuantía.- Para los operadores de transporte la cuantía máxima de la subvención a percibir por el desarrollo de las líneas de actuación a) b) c) d) e) y g) de la base primera será la resultante de aplicar el valor unitario que fije la convocatoria para cada tarjeta o copia certificada de autorización de empresa de transporte MDL, MDP, VD o VT al número total de autorizaciones de cada clase de que disponga la empresa. En el caso de la línea de actuación f) de dicha base primera la cuantía de la subvención será de mil doscientos cincuenta euros (1.250 €) por cada autorización de transporte ya existente que haya sido transmitida a la empresa a partir del 1 de enero de 2009.
El importe de la ayuda a conceder para los operadores de transporte no podrá ser superior al importe justificado (excluido IVA) del coste incurrido por la empresa en la implantación de las medidas.
En el caso de asociaciones de empresas transportistas la cuantía máxima de la subvención a percibir podrá alcanzar hasta el 80% del coste total (excluido IVA) de las actuaciones realizadas objeto de subvención.
Para las asociaciones las líneas de actuación objeto de subvención son la d), e) y g) de la base primera.
En todo caso, el importe de las ayudas que reciban las empresas o asociaciones no podrá hacer que las ayudas acogidas al punto 4.2.2 del Marco Temporal más las ayudas totales de minimis superen los 500.000 euros para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2010.
Del mismo modo las ayudas concedidas no podrán acumularse con ninguna ayuda pública correspondiente a los mismos gastos subvencionables si dicha acumulación da lugar a una intensidad de ayuda superior al coste justificado.
5.2. El plazo de presentación de solicitudes será el que se determine en la orden de la convocatoria, con un máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Presentación directamente en la Dirección General de Transportes y Logística o en cualquiera de los servicios territoriales de Transporte, en las direcciones siguientes:
Dirección General de Transportes y Logística. Av. Blasco Ibáñez, 50 – 46010 Valencia.
Servicio Territorial de Transportes de Valencia. C/ Gregorio Gea, 27 – 46009 Valencia.
Servicio Territorial de Transportes de Castellón. Av. del Mar, 16 – 12003 Castellón.
Servicio Territorial de Transportes de Alicante. Av. Aguilera, 1-6ª
– 03007 Alicante.

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