MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Ayudas
Orden EDU/1069/2010, de 27 de abril, por la que se convocan para el año 2010 las ayudas correspondientes al Programa Campus de Excelencia Internacional, reguladas en la Orden EDU/903/2010, de 8 de abril.
Objeto de la convocatoria.- Se convocan para el año 2010 las ayudas correspondientes al Programa Campus de Excelencia Internacional, en régimen de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden EDU/903/2010, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas de los subprogramas integrantes del Programa Campus de Excelencia Internacional y se establece el procedimiento para otorgar la calificación de Campus de Excelencia Internacional y para suscribir convenios con las Comunidades Autónomas en el ámbito de este Programa.
Objeto y finalidad.- 1. Con la presente convocatoria se pretende aumentar la calidad del sistema universitario español y conducir hasta la excelencia a los mejores campus, mediante la especialización, la diferenciación el establecimiento de alianzas y agregaciones y la internacionalización del sistema universitario español.
2. Las ayudas reguladas en la presente orden se estructuran en los siguientes subprogramas:
a) Subprograma de Excelencia, mediante el que se concederán ayudas para el desarrollo y concreción de los proyectos de conversión a Campus de Excelencia Internacional, que previamente habrán sido presentados por los solicitantes en una descripción general y resumida, al objeto de presentar dichos proyectos ante la Comisión Internacional, mediante el procedimiento que se regula en el Capítulo III de la Orden EDU/903/2010.
b) Subprograma de Fortalecimiento, mediante el que se concederán ayudas para financiar la puesta en práctica de aspectos parciales de los proyectos de conversión a Campus de Excelencia Internacional, que hubieran sido seleccionados a tales efectos previo informe de la Comisión Técnica a la que se alude en el artículo 6 de la orden de bases. Los proyectos a los que se concedan estas ayudas deberán haber sido seleccionados para ser presentados ante la Comisión Internacional mediante resolución del Secretario General de Universidades en la convocatoria vigente o en otra anterior. Sin embargo, excepcionalmente, estas ayudas también podrán concederse a proyectos que no hayan sido objeto de esa selección, pero que hayan sido habilitados para ello mediante resolución del Secretario General de Universidades en consideración a que estos proyectos contienen aspectos parciales que destaquen por su calidad y valor estratégico para la mejora del campus.
Plazo de presentación de solicitudes y documentos e informaciones que deben acompañarse.- 1. El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el 31 de mayo de 2010, inclusive.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las universidades españolas que sean poderes adjudicadores, de conformidad a lo previsto en el artículo 3.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, tal como se establece en el artículo 3 de la orden de bases, que presenten la solicitud y documentos a los que se refiere el artículo 4 de dicha orden y los que se indican seguidamente.
Si bien no podrán ser beneficiarios de las presentes ayudas las universidades españolas que no sean poderes adjudicadores, éstas podrán concurrir a la obtención de la calificación de CEI, y de ser seleccionadas podrán participar en el procedimiento que se describe en el Capítulo III de la citada Orden EDU/903/2010. Estas universidades deberán cumplimentar el apartado específico de solicitud que figurará en la página web del Ministerio de Educación, sin que les sea de aplicación lo previsto en el apartado b) del epígrafe 2 siguiente.
2. Los interesados deberán presentar su solicitud mediante firma electrónica avanzada y cumplimentar el impreso de solicitud que figurará en la página web del Ministerio de Educación, https://sede.educacion.gob.es , y que contemplará previsiones específicas para cada uno de los subprogramas.
Ayudas
Orden EDU/1069/2010, de 27 de abril, por la que se convocan para el año 2010 las ayudas correspondientes al Programa Campus de Excelencia Internacional, reguladas en la Orden EDU/903/2010, de 8 de abril.
Objeto de la convocatoria.- Se convocan para el año 2010 las ayudas correspondientes al Programa Campus de Excelencia Internacional, en régimen de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden EDU/903/2010, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas de los subprogramas integrantes del Programa Campus de Excelencia Internacional y se establece el procedimiento para otorgar la calificación de Campus de Excelencia Internacional y para suscribir convenios con las Comunidades Autónomas en el ámbito de este Programa.
Objeto y finalidad.- 1. Con la presente convocatoria se pretende aumentar la calidad del sistema universitario español y conducir hasta la excelencia a los mejores campus, mediante la especialización, la diferenciación el establecimiento de alianzas y agregaciones y la internacionalización del sistema universitario español.
2. Las ayudas reguladas en la presente orden se estructuran en los siguientes subprogramas:
a) Subprograma de Excelencia, mediante el que se concederán ayudas para el desarrollo y concreción de los proyectos de conversión a Campus de Excelencia Internacional, que previamente habrán sido presentados por los solicitantes en una descripción general y resumida, al objeto de presentar dichos proyectos ante la Comisión Internacional, mediante el procedimiento que se regula en el Capítulo III de la Orden EDU/903/2010.
b) Subprograma de Fortalecimiento, mediante el que se concederán ayudas para financiar la puesta en práctica de aspectos parciales de los proyectos de conversión a Campus de Excelencia Internacional, que hubieran sido seleccionados a tales efectos previo informe de la Comisión Técnica a la que se alude en el artículo 6 de la orden de bases. Los proyectos a los que se concedan estas ayudas deberán haber sido seleccionados para ser presentados ante la Comisión Internacional mediante resolución del Secretario General de Universidades en la convocatoria vigente o en otra anterior. Sin embargo, excepcionalmente, estas ayudas también podrán concederse a proyectos que no hayan sido objeto de esa selección, pero que hayan sido habilitados para ello mediante resolución del Secretario General de Universidades en consideración a que estos proyectos contienen aspectos parciales que destaquen por su calidad y valor estratégico para la mejora del campus.
Plazo de presentación de solicitudes y documentos e informaciones que deben acompañarse.- 1. El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el 31 de mayo de 2010, inclusive.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las universidades españolas que sean poderes adjudicadores, de conformidad a lo previsto en el artículo 3.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, tal como se establece en el artículo 3 de la orden de bases, que presenten la solicitud y documentos a los que se refiere el artículo 4 de dicha orden y los que se indican seguidamente.
Si bien no podrán ser beneficiarios de las presentes ayudas las universidades españolas que no sean poderes adjudicadores, éstas podrán concurrir a la obtención de la calificación de CEI, y de ser seleccionadas podrán participar en el procedimiento que se describe en el Capítulo III de la citada Orden EDU/903/2010. Estas universidades deberán cumplimentar el apartado específico de solicitud que figurará en la página web del Ministerio de Educación, sin que les sea de aplicación lo previsto en el apartado b) del epígrafe 2 siguiente.
2. Los interesados deberán presentar su solicitud mediante firma electrónica avanzada y cumplimentar el impreso de solicitud que figurará en la página web del Ministerio de Educación, https://sede.educacion.gob.es , y que contemplará previsiones específicas para cada uno de los subprogramas.
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