MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Orden EDU/864/2010, de 8 de marzo, por la que se convoca el programa de subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios Séneca para el curso académico 2010-2011.
El programa de subvenciones de movilidad para estudiantes universitarios «Séneca» tiene por objeto apoyar la iniciativa SICUE (Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios de España) facilitando subvenciones económicas a los estudiantes universitarios para cubrir los gastos de desplazamiento y estancia durante el periodo de estudios en otra universidad, aplicando la experiencia derivada de la aplicación del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS) como instrumento de referencia que, sin hacer necesario el procedimiento de convalidación habitual, incluye el reconocimiento académico al estudiante desplazado de los créditos cursados y aprobados en universidad distinta a aquella en la que sigue su carrera.
Objeto y número de subvenciones.- 1. La presente convocatoria tiene por objeto fomentar que una parte de los estudios universitarios puedan seguirse en universidades distintas a aquella en la que el estudiante se halle matriculado, con reconocimiento inmediato en su expediente académico de los créditos cursados, y fomentar la movilidad de los estudiantes, para consolidar un sistema universitario español más permeable y comunicativo que además incrementará la diversidad y amplitud de la oferta educativa en la educación superior, con la consiguiente repercusión en la mejora de la formación de los estudiantes.
2. El número estimado de becas que se convocan es de 2.170. El número total podrá ser modificado en función de las disponibilidades presupuestarias, atendiendo al carácter variable del coste de las subvenciones según los meses de estancia finales que se concedan.
Requisitos de los estudiantes para la participación en el programa.- 1. Podrán acogerse a este programa los estudiantes matriculados en universidades públicas españolas o en centros de educación superior cuya entidad titular carezca de ánimo de lucro, que se hallen cursando los estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o los de Diplomado, Ingeniero o Arquitecto Técnico, incluida la realización del proyecto fin de carrera, y hayan obtenido una plaza en la convocatoria SICUE para el curso académico 2010-2011.
2. En todos los casos mencionados en el punto 1 anterior, los beneficiarios de las becas tendrán la condición de estudiante de la universidad de origen, en la que habrán hecho efectivos los derechos de matrícula.
3. Los estudiantes que quieran optar a las subvenciones ofrecidas en este programa deberán acreditar, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
a) Haber obtenido una plaza en la convocatoria SICUE para el curso académico 2010-2011.
b) Créditos superados y matriculados. En función de la diferente ordenación de las enseñanzas, los estudiantes deberán haber superado y estar matriculados en al menos los siguientes créditos: ...
Condiciones del programa.- 1. A efectos de su inclusión en este programa de becas, las universidades deberán haber resuelto y publicado previamente la movilidad de alumnos para el curso académico 2010-2011 del programa SICUE.
2. Las estancias, incluidos los periodos de exámenes, deberán realizarse en una universidad diferente a la de origen y en un «campus» situado en distinta provincia y área metropolitana, suponiendo un cambio efectivo de residencia del alumno.
3. Los períodos de estancia y los contenidos mínimos a cursar se ajustarán a lo siguiente:
a) Cuatro meses para cursar al menos 18 créditos (planes renovados) o 3 asignaturas cuatrimestrales (planes no renovados).
b) Nueve meses para cursar un mínimo de 30 créditos (planes renovados), o 3 asignaturas anuales o 5 equivalentes cuatrimestrales (planes no renovados).
c) Para las universidades de destino que tengan estudios organizados en trimestres podrán solicitarse periodos de estancia de tres, seis o nueve meses, para cursar al menos los créditos o asignaturas siguientes: 3 meses para cursar 15 créditos o dos asignaturas, 6 meses para cursar 24 créditos o 4 asignaturas y 9 meses para cursar 30 créditos o 3 asignaturas anuales o 5 trimestrales.
4. La duración de la beca será de un máximo de nueve meses y mínimo de un cuatrimestre académico y estará comprendida entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de junio de 2011, con independencia del período lectivo de las universidades, a excepción de los casos señalados en el apartado c) para estudios organizados en trimestres que será de tres meses como mínimo.
5. Estas becas serán incompatibles con otras de la misma finalidad y naturaleza obtenidas para el curso académico 2010-2011. Igualmente no podrá otorgarse una beca de esta convocatoria a beneficiarios de convocatorias anteriores.
6. Las becas tendrán una cuantía de 500 euros mensuales.
7. Se concederá una subvención de viaje única de 120 euros a cada beneficiario. Para los estudiantes que se desplacen desde o a universidades situadas en Comunidades Autónomas insulares, así como desde o a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, esta subvención de viaje será de 200 euros.
Formalización de solicitudes y plazo de presentación.- 1. Las solicitudes, en modelo normalizado, se dirigirán a la Dirección General de Formación y Orientación Universitaria y se presentarán exclusivamente en el Registro General de la Universidad de la cual sea alumno el solicitante, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los impresos podrán obtenerse en los Vicerrectorados de las Universidades, en la Dirección General de Formación y Orientación Universitaria, y en la siguiente dirección de Internet: http://www.educacion.es
2. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto quince días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial del Estado. [del 9 al 23 de ABRIL de 2010, a.i.]
3. Las solicitudes, que se presentarán por duplicado, constarán de la siguiente documentación:
a) Solicitud de subvención de movilidad en el modelo de impreso A, en el que deberán figurar cumplimentados todos los campos.
b) Fotocopia del DNI o tarjeta de identidad para los ciudadanos de países de la Unión Europea y tarjeta de residencia o de residencia para estudiantes ciudadanos de otras nacionalidades.
Orden EDU/864/2010, de 8 de marzo, por la que se convoca el programa de subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios Séneca para el curso académico 2010-2011.
El programa de subvenciones de movilidad para estudiantes universitarios «Séneca» tiene por objeto apoyar la iniciativa SICUE (Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios de España) facilitando subvenciones económicas a los estudiantes universitarios para cubrir los gastos de desplazamiento y estancia durante el periodo de estudios en otra universidad, aplicando la experiencia derivada de la aplicación del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS) como instrumento de referencia que, sin hacer necesario el procedimiento de convalidación habitual, incluye el reconocimiento académico al estudiante desplazado de los créditos cursados y aprobados en universidad distinta a aquella en la que sigue su carrera.
Objeto y número de subvenciones.- 1. La presente convocatoria tiene por objeto fomentar que una parte de los estudios universitarios puedan seguirse en universidades distintas a aquella en la que el estudiante se halle matriculado, con reconocimiento inmediato en su expediente académico de los créditos cursados, y fomentar la movilidad de los estudiantes, para consolidar un sistema universitario español más permeable y comunicativo que además incrementará la diversidad y amplitud de la oferta educativa en la educación superior, con la consiguiente repercusión en la mejora de la formación de los estudiantes.
2. El número estimado de becas que se convocan es de 2.170. El número total podrá ser modificado en función de las disponibilidades presupuestarias, atendiendo al carácter variable del coste de las subvenciones según los meses de estancia finales que se concedan.
Requisitos de los estudiantes para la participación en el programa.- 1. Podrán acogerse a este programa los estudiantes matriculados en universidades públicas españolas o en centros de educación superior cuya entidad titular carezca de ánimo de lucro, que se hallen cursando los estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o los de Diplomado, Ingeniero o Arquitecto Técnico, incluida la realización del proyecto fin de carrera, y hayan obtenido una plaza en la convocatoria SICUE para el curso académico 2010-2011.
2. En todos los casos mencionados en el punto 1 anterior, los beneficiarios de las becas tendrán la condición de estudiante de la universidad de origen, en la que habrán hecho efectivos los derechos de matrícula.
3. Los estudiantes que quieran optar a las subvenciones ofrecidas en este programa deberán acreditar, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
a) Haber obtenido una plaza en la convocatoria SICUE para el curso académico 2010-2011.
b) Créditos superados y matriculados. En función de la diferente ordenación de las enseñanzas, los estudiantes deberán haber superado y estar matriculados en al menos los siguientes créditos: ...
Condiciones del programa.- 1. A efectos de su inclusión en este programa de becas, las universidades deberán haber resuelto y publicado previamente la movilidad de alumnos para el curso académico 2010-2011 del programa SICUE.
2. Las estancias, incluidos los periodos de exámenes, deberán realizarse en una universidad diferente a la de origen y en un «campus» situado en distinta provincia y área metropolitana, suponiendo un cambio efectivo de residencia del alumno.
3. Los períodos de estancia y los contenidos mínimos a cursar se ajustarán a lo siguiente:
a) Cuatro meses para cursar al menos 18 créditos (planes renovados) o 3 asignaturas cuatrimestrales (planes no renovados).
b) Nueve meses para cursar un mínimo de 30 créditos (planes renovados), o 3 asignaturas anuales o 5 equivalentes cuatrimestrales (planes no renovados).
c) Para las universidades de destino que tengan estudios organizados en trimestres podrán solicitarse periodos de estancia de tres, seis o nueve meses, para cursar al menos los créditos o asignaturas siguientes: 3 meses para cursar 15 créditos o dos asignaturas, 6 meses para cursar 24 créditos o 4 asignaturas y 9 meses para cursar 30 créditos o 3 asignaturas anuales o 5 trimestrales.
4. La duración de la beca será de un máximo de nueve meses y mínimo de un cuatrimestre académico y estará comprendida entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de junio de 2011, con independencia del período lectivo de las universidades, a excepción de los casos señalados en el apartado c) para estudios organizados en trimestres que será de tres meses como mínimo.
5. Estas becas serán incompatibles con otras de la misma finalidad y naturaleza obtenidas para el curso académico 2010-2011. Igualmente no podrá otorgarse una beca de esta convocatoria a beneficiarios de convocatorias anteriores.
6. Las becas tendrán una cuantía de 500 euros mensuales.
7. Se concederá una subvención de viaje única de 120 euros a cada beneficiario. Para los estudiantes que se desplacen desde o a universidades situadas en Comunidades Autónomas insulares, así como desde o a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, esta subvención de viaje será de 200 euros.
Formalización de solicitudes y plazo de presentación.- 1. Las solicitudes, en modelo normalizado, se dirigirán a la Dirección General de Formación y Orientación Universitaria y se presentarán exclusivamente en el Registro General de la Universidad de la cual sea alumno el solicitante, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los impresos podrán obtenerse en los Vicerrectorados de las Universidades, en la Dirección General de Formación y Orientación Universitaria, y en la siguiente dirección de Internet: http://www.educacion.es
2. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto quince días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial del Estado. [del 9 al 23 de ABRIL de 2010, a.i.]
3. Las solicitudes, que se presentarán por duplicado, constarán de la siguiente documentación:
a) Solicitud de subvención de movilidad en el modelo de impreso A, en el que deberán figurar cumplimentados todos los campos.
b) Fotocopia del DNI o tarjeta de identidad para los ciudadanos de países de la Unión Europea y tarjeta de residencia o de residencia para estudiantes ciudadanos de otras nacionalidades.
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