Convocatoria de concurso-oposición para la selección de un funcionario interino para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico Municipal.
... convocatoria y las bases del concurso-oposición para la selección de un funcionario interino para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico, cuyo tenor literal es el siguiente:
Primera.- Objeto y naturaleza. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, con carácter interino y mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Arquitecto Técnico encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, perteneciente al Grupo A, Subgrupo A2, dotada con las retribuciones correspondientes a dicho grupo, derecho a trienios, pagas extraordinarias y demás conceptos retributivos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
Primera.- Objeto y naturaleza. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, con carácter interino y mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Arquitecto Técnico encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, perteneciente al Grupo A, Subgrupo A2, dotada con las retribuciones correspondientes a dicho grupo, derecho a trienios, pagas extraordinarias y demás conceptos retributivos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
La presente convocatoria se justifica en el artículo 10.1 a) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que permite el nombramiento de funcionarios interinos, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se de la circunstancia de existencia de una plaza vacante y no ser posible su cobertura por funcionario de carrera.
En el presente caso, la plaza convocada tiene previsión de resultar vacante al perder, en fecha próxima, su actual titular la condición de funcionario de carrera por jubilación total. Al tener la intención de solicitar una excedencia de 6 meses por parte del Arquitecto municipal, se considera urgente la cobertura de dicha plaza en aras de garantizar la continuidad, eficacia y no demora en la tramitación de los expedientes propios de la Oficina Técnica Municipal, que implican ejercicio de autoridad.
La cobertura de interinidad será hasta que la plaza se cubra en propiedad, desaparezcan las circunstancias actuales que motivan la cobertura interina o se proceda a la amortización de la plaza
Por lo expuesto, se declara que dicho puesto resulta prioritario y afecta a servicios públicos esenciales, establecidos en el artículo 25.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Las tareas más significativas del puesto de trabajo son, entre otras, la gestión e instrucción de procedimientos administrativos la Oficina Técnica Municipal, emisión de informes técnicos y propuestas de resolución, la dirección y supervisión de obras municipales, la supervisión y conformación de certificaciones y facturas de obras y servicios contratados por el Ayuntamiento, así como la gestión e impulso de los expedientes propios de la Oficina Técnica Municipal, incluidos los de disciplina urbanística.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o tener otra nacionalidad, que conforme a la normativa comunitaria vigente en España le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que se halla definida en el Tratado de la Unión Europea y normativa de desarrollo. También podrán ser admitidos, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) Estar en posesión de la titulación de Diplomado en Arquitectura Técnica o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que límite el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá acreditarse la correspondiente homologación, a tenor de lo regulado en el Real Decreto 285/2004, de 20 febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los requisitos establecidos en las presentes Bases deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
Tercera.- Instancias. Forma.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas las condiciones exigidas en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Abarán, ajustándose al modelo que figura en el Anexo I de las presentes Bases. Dichas solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento sito en la Plaza Vieja n.º 1, en el horario de atención al público, o en las demás oficinas públicas señaladas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A dicha solicitud se adjuntarán los siguientes documentos mediante aportación de fotocopia compulsada de:
a) DNI o pasaporte en vigor, los que tengan la nacionalidad española.
b) El documento de identidad del país de origen válido y en vigor, en el que conste la nacionalidad del titular o pasaporte, para los aspirantes nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c) El pasaporte y de la tarjeta de familiar de residente comunitario, los aspirantes que sean cónyuges de españoles y de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes, cuando no sean nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea, en caso contrario, aportará la documentación descrita en el punto anterior.
d) Titulación académica exigida. En el supuesto de haber presentado un título equivalente al exigido habrá de alegarse la norma que establezca la equivalencia, o en su defecto, habrá de acompañarse certificado expedido por el órgano competente que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se aportará fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación en España.
e) Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen o acreditación de estar exento del abono de la tasa.
f) Relación de méritos para su valoración en la fase de concurso, tanto referidos a la experiencia profesional como formación específica, en los términos que se establecen en las presentes bases.
g) Declaración responsable según modelo establecido en el Anexo II.
En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía en grado igual o superior al 33% que lo soliciten las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. Cuando la disminución acreditada del aspirante afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de las pruebas o ejercicios de que se trate en el tiempo señalado, podrá admitirse excepcionalmente la ampliación en un tercio del tiempo prevista para su realización.
En este sentido, y además de los documentos anteriormente mencionados, deberá aportar con la solicitud de participación en el proceso selectivo el certificado acreditativo de tal condición, de su capacidad para desempeñar las funciones de la plaza convocada y de las adaptaciones necesarias para la correcta realización de los ejercicios, expedido por el órgano directivo competente la Administración General del Estado o de las restantes Comunidades Autónomas.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, terminado el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Plazo de presentación.- Para garantizar la debida publicidad de la convocatoria, se dispone que el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, fecha a partir de la cual empezará a contar dicho plazo.{del 24 de octubre al 12 de noviembre de 2015, a.i.} Igualmente deberá procederse a su publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Sede Electrónica municipal. abaran.sedelectronica.es
Los requisitos establecidos en las presentes Bases deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
Tercera.- Instancias. Forma.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas las condiciones exigidas en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Abarán, ajustándose al modelo que figura en el Anexo I de las presentes Bases. Dichas solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento sito en la Plaza Vieja n.º 1, en el horario de atención al público, o en las demás oficinas públicas señaladas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A dicha solicitud se adjuntarán los siguientes documentos mediante aportación de fotocopia compulsada de:
a) DNI o pasaporte en vigor, los que tengan la nacionalidad española.
b) El documento de identidad del país de origen válido y en vigor, en el que conste la nacionalidad del titular o pasaporte, para los aspirantes nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c) El pasaporte y de la tarjeta de familiar de residente comunitario, los aspirantes que sean cónyuges de españoles y de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes, cuando no sean nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea, en caso contrario, aportará la documentación descrita en el punto anterior.
d) Titulación académica exigida. En el supuesto de haber presentado un título equivalente al exigido habrá de alegarse la norma que establezca la equivalencia, o en su defecto, habrá de acompañarse certificado expedido por el órgano competente que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se aportará fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación en España.
e) Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen o acreditación de estar exento del abono de la tasa.
f) Relación de méritos para su valoración en la fase de concurso, tanto referidos a la experiencia profesional como formación específica, en los términos que se establecen en las presentes bases.
g) Declaración responsable según modelo establecido en el Anexo II.
En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía en grado igual o superior al 33% que lo soliciten las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. Cuando la disminución acreditada del aspirante afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de las pruebas o ejercicios de que se trate en el tiempo señalado, podrá admitirse excepcionalmente la ampliación en un tercio del tiempo prevista para su realización.
En este sentido, y además de los documentos anteriormente mencionados, deberá aportar con la solicitud de participación en el proceso selectivo el certificado acreditativo de tal condición, de su capacidad para desempeñar las funciones de la plaza convocada y de las adaptaciones necesarias para la correcta realización de los ejercicios, expedido por el órgano directivo competente la Administración General del Estado o de las restantes Comunidades Autónomas.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, terminado el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Plazo de presentación.- Para garantizar la debida publicidad de la convocatoria, se dispone que el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, fecha a partir de la cual empezará a contar dicho plazo.{del 24 de octubre al 12 de noviembre de 2015, a.i.} Igualmente deberá procederse a su publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Sede Electrónica municipal. abaran.sedelectronica.es
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