lunes, 26 de octubre de 2015

12 becas para la Formación Práctica de Archiveros, Bibliotecarios y Documentalistas. Congreso de los Diputados

Acuerdo de 13 de octubre de 2015, de la Mesa del Congreso de los Diputados, por la que se convocan (12) becas para la Formación Práctica de Archiveros, Bibliotecarios y Documentalistas.
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12 becas individuales para la realización de estudios y trabajos de carácter archivístico, bibliotecario y documental, relacionados con el Parlamento de acuerdo con las bases que figuran a continuación:
Primera. Objeto y condiciones. 1. El Congreso de los Diputados convoca doce becas individuales para la formación práctica de licenciados o graduados en actividades archivísticas, bibliográficas y documentales de la Cámara. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo, por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y por el Departamento de Edición Oficial y Tratamiento documental. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Congreso de los Diputados.
2. De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 1.b) de la base séptima, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el supuesto de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.
Segunda. Duración y cuantía. 1. Cada una de las doce becas tendrá una duración de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2016.
2. La cuantía total de la beca será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €) y que estarán sujetos a las retenciones que proceda.
3. Asimismo, los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente en cada momento, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas.
Cuarta. Requisitos de los solicitantes. 1. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
b) Los solicitantes que no tengan la nacionalidad española deberán poseer un perfecto dominio, hablado y escrito, de la lengua oficial española.
c) Estar en posesión de un título universitario del nivel 3 Máster o de Licenciado con correspondencia con ese nivel, en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, de conformidad con los niveles establecidos en el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
d) Dicha titulación debe haber sido obtenida en el curso académico 2010-2011 o posterior, en universidades españolas o extranjeras, en este último caso siempre y cuando haya sido homologado por el Ministerio de Educación y por resolución definitiva.
e) Acreditar conocimientos específicos durante al menos 300 horas lectivas, en algunas de las siguientes materias:
– Catalogación en formato MARC. ABSYSNET
– Atención al usuario en servicios de información
– Lenguajes de marcado aplicados a los registros bibliográficos
– Fuentes de información en ciencias sociales, jurídicas, políticas, económicas, financieras y europea
– Buscadores para servicios de información
– Posicionamiento en Web
– La Web 2. Redes sociales
– Gestión y tratamiento de recursos y materiales electrónicos. Metadatos
– Digitalización. Manejo de herramientas para el tratamiento de imágenes
– Tratamiento y análisis documental. Uso de lenguajes documentales
– Descripción y normalización archivística
f) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca del Congreso de los Diputados de las mismas características.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad territorial.
Quinta. Presentación de las solicitudes. 1. La solicitud se ajustará, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como Anexo I de la presente convocatoria y se presentará en la Biblioteca del Congreso de los Diputados, calle de Floridablanca, s/n, 28071 Madrid, en horario de 9,30 a 14 horas, de lunes a viernes, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de correos en la primera hoja del modelo de instancia (Anexo I), con el fin de garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.
2. El plazo para la presentación de instancias será de veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 27 de octubre al 16* de noviembre de 2015, a.i.}.
3. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se elaborará una relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión, que se hará pública en el tablón de anuncios del Congreso de los Diputados y en su página web (http://www.congreso.es).

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