miércoles, 7 de octubre de 2015

Bolsa de trabajo docentes: especialidades bilingües de los Cuerpos de Maestros y de Profesores de Enseñanza Secundaria para el curso escolar 2015-2016. Comunidad de Madrid.

1. Objeto. La presente Resolución tiene por objeto cubrir las necesidades de puestos bilingües para el curso escolar 2015-2016 que no se puedan cubrir por resultar insuficientes las listas de aspirantes a interinidad del curso escolar 2015-2016, en las especialidades bilingües de los Cuerpos de Maestros y de Profesores de Enseñanza Secundaria que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución.
2. Requisitos de los aspirantes para formar parte de las listas específicas. Todos los participantes en este procedimiento deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 42/2013, de 9 de mayo, para ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales y específicos establecidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades en los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2.2. Para cada especialidad, los participantes deberán acreditar alguna de las titulaciones recogidas en el Anexo I de la Resolución de 27 de abril de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del Cuerpo de Maestros para el curso escolar 2015-2016 o en el Anexo I de la Resolución 28 de abril de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para el curso escolar 2015-2016.
2.3. Los aspirantes, excepto los de la especialidad Inglés/Inglés Avanzado, deberán acreditar el conocimiento del idioma correspondiente por una de las dos vías siguientes:
— Por haber obtenido la habilitación lingüística en la Comunidad de Madrid y mantener la vigencia de la misma, de conformidad con lo establecido en la Orden 1012/2015, de 14 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1275/2014, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extrajera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.
— Por estar en posesión de los títulos o certificados de conocimiento del idioma que se recogen en el Anexo VI de la Resolución conjunta de 21 de abril de 2015, de las Direcciones Generales de Becas y Ayudas a la Educación y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros para el desempeño de puestos bilingües en centros públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, que se hayan obtenido en un plazo inferior a cinco años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.4. Los aspirantes de la especialidad Inglés/Inglés Avanzado deberán acreditar el conocimiento del idioma correspondiente por una de las dos vías siguientes:
— Por haber obtenido la acreditación lingüística en la Comunidad de Madrid y mantener la vigencia de la misma, de conformidad con lo establecido en la Orden 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el Programa Bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.
— Por estar en posesión de las titulaciones que se recogen en el Anexo I de la Resolución conjunta de 12 de mayo de 2015, de las Direcciones Generales de Becas y Ayudas a la Educación y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado de los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, que se hayan obtenido en un plazo inferior a cinco años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.5. Igualmente, será requisito de participación en esta convocatoria no ser funcionario docente de carrera.

4. Presentación de solicitudes y documentación. 1. Las solicitudes de participación se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos a través del modelo de solicitud, que se ubicará en la dirección de Internet de la Comunidad de Madrid:http://www.madrid.org, pestaña “Servicios al ciudadano”, opción “Gestiones y Trámites”, donde se encuentran todas las utilidades propias de la Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid. Se podrá acceder a través del portal “Personal+Educación”, siguiendo la siguiente secuencia: www.madrid.org/edu_rrhh, “Funcionarios docentes”, “Procesos selectivos”, “Convocatorias específicas”, “Interinidades. Nuevas convocatorias”.

La cumplimentación puede hacerse:
a) De forma telemática, a través del Registro Telemático de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, utilizando el formulario disponible en www.madrid.org.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos y normativa autonómica aplicable, para presentar la solicitud por Internet, a través del Registro Telemático, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. En esta modalidad de presentación, se permite el envío electrónico de toda la documentación justificativa que acompaña a la solicitud o autorizar a la Administración la consulta de los datos contenidos en los certificados, en aquellos casos en que exista esta opción.
Los documentos justificativos de los méritos alegados deberán digitalizarse mediante escaneo y conversión a formato PDF.
Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de documentos”, disponible en el portal de Administración Electrónica de www.madrid.org
b) Los participantes que no dispongan de certificado electrónico, una vez cumplimentada su solicitud, deberán imprimirla, firmar el documento de solicitud obtenido y presentarla preferentemente en alguno de estos lugares:
— En el Registro Auxiliar de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, calle Santa Hortensia, número 30, 28002 Madrid.
— En el Registro General de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, sito en Gran Vía, número 20, 28013 Madrid.
— En el Registro General de la Comunidad de MadridGran Vía, número 3, 28013 Madrid.
— En los Registros de las Direcciones de Área Territorial de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
— En las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, relacionadas en la Resolución de 14 de julio de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de julio), cuya relación está disponible en el portal www.madrid.org, a través de la secuencia: “Atención al ciudadano”, “Red de Oficinas”, “Oficinas de Registro.”
Juntamente con esta solicitud, los aspirantes aportarán la documentación justificativa de los méritos alegados, así como los documentos justificativos de que reúnen los requisitos de titulación exigidos para el desempeño del puesto al que participa.
Solamente se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente justificados que se aporten durante el plazo de presentación de solicitudes.
2. Documentación:
Junto con la solicitud, deberán presentar:
— Copia del DNI o autorizar su consulta.
— Documentación justificativa de los méritos alegados.

...

5- Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria.{del 3 al 17 de octubre de 2015, a.i.} Concluido dicho plazo, no se admitirán solicitudes ni modificación alguna a las peticiones formuladas, ni documentación referida a los méritos aportados.

------------------

ANEXO I
ESPECIALIDADES CONVOCADAS
0597 – CUERPO DE MAESTROS
- 003 MÚSICA/INGLÉS
- 004 EDUCACIÓN FÍSICA/INGLÉS
590 – CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
- 819 GEOGRAFÍA E HISTORIA/FRANCÉS
- 820 GEOGRAFÍA E HISTORIA/INGLÉS
- 821 GEOGRAFÍA E HISTORIA/ ALEMÁN
- 822 BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA/FRANCÉS
- 823 BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA/INGLÉS
- 824 BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA/ALEMÁN
- 825 FÍSICA Y QUÍMICA/FRANCÉS
- 826 FÍSICA Y QUÍMICA/INGLÉS
- 827 FÍSICA Y QUÍMICA/ALEMÁN
- 828 DIBUJO/FRANCÉS
- 829 DIBUJO/INGLÉS
- 830 DIBUJO/ALEMÁN
- 831 MÚSICA/FRANCÉS
- 832 MÚSICA/INGLÉS
- 833 MÚSICA/ALEMÁN
- 834 EDUCACIÓN FÍSICA /FRANCÉS
- 835 EDUCACIÓN FÍSICA/INGLÉS
- 836 EDUCACIÓN FÍSICA/ALEMÁN
- 837 TECNOLOGÍA/FRANCÉS
- 838 TECNOLOGÍA/INGLÉS
- 839 TECNOLOGÍA/ALEMÁN
- 840 FILOSOFÍA/FRANCÉS
- 841 INGLÉS/INGLÉS AVANZADO
- 842 FILOSOFÍA/INGLÉS
- 843 FILOSOFÍA/ALEMÁN

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia