martes, 6 de octubre de 2015

Bolsa de trabajo de Operarios de Servicios Múltiples. Ayuntamiento de Ciudad Real.


1.-Presentación de solicitudes. El Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, publicará la convocatoria del presente proceso  selectivo  para  constituir  la  correspondiente  Bolsa  en  su  Tablón  de  anuncios, así como   en   la   sede   electrónica   del   Excmo.   Ayuntamiento   de   Ciudad   Real (http://eadmin.ciudadreal.es/),  y  en  uno  de  los  periódicos  locales  de  mayor  difusión. 
Las sucesivas publicaciones que conlleve el proceso selectivo se realizarán en la sede electrónica y en el tablón de anuncios.
Las solicitudes para participar en el proceso selectivo se presentarán en Modelo oficial facilitado por el Ayuntamiento, en cualquiera de los siguientes Registros:
- Registro General del Excmo. Ayuntamiento. C/ Postas, 8.
Registro del IMPEFE. Avenida Valle de Alcudia.
Registro del Patronato Municipal de Deportes. C/ Juan Ramón Jiménez.
Igualmente, podrán presentarse en la forma establecida por el artículo 38.4 de la  Ley 30/1992,  Ley  de  Régimen  jurídico  de  las  Administraciones  Públicas  y  del Procedimiento Administrativo Común.
El  Plazo  de  presentación  es  de  nueve  días  hábiles  a  contar  desde  el  día siguiente a la publicación del anuncio en la sede electrónica. {hasta el 16 de Octubre de 2015, inclusive}
Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes,  sin  que  se  establezcan  exclusiones  por  limitaciones  psíquicas  o físicas.
Para  estos  aspirantes,  cuando  previamente  lo  hayan  hecho  constar  en  la solicitud, el Tribunal adaptará, en lo posible, el tiempo y medios de realización de las pruebas.
Terminado  el  plazo  de  presentación  de  solicitudes  se  reunirá  el  Tribunal 
Calificador, para  elaborar  la  lista  provisional  de  admitidos  y  excluidos.  En  la  misma resolución  se concederá  el  plazo  de  tres  días  hábiles  para  poder  subsanar  el  defecto que  haya  motivado la  exclusión  u  omisión,  siempre  y  cuando  se  trate  de  un  defecto subsanable. y se procederá a fijar la fecha de realización de la primera prueba.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los requisitos para poder participar en un proceso selectivo deben poseerse en el  día de  finalización  del  plazo  de  presentación  de  solicitudes  y  mantenerse  hasta  la toma de posesión o la formalización del contrato.
a.- Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha.
b.- Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c.- Tener  cumplidos  dieciséis  años  y  no  exceder  de  la  edad  de  jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad mínima o máxima para el acceso al empleo público.
d.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e.- No  se  requiere  titulación  académica  para  el  acceso  a  este  tipo  de convocatoria.
Los aspirantes con discapacidad, deberán aportar certificación expedida por la Administración competente, con indicación de que la misma no incapacita para el desempeño de las funciones de trabajo objeto de la convocatoria, así como informe del citado  organismo  sobre  adaptación  de  tiempo  y  medios  para  la  realización  de  las pruebas, en el supuesto de que lo soliciten en la instancia.

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