BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE OPERARIOS DE SERVICIOS MÚLTIPLES. Ayuntamiento de Ciudad Real.
1.-Presentación de solicitudes. El Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, publicará la convocatoria del presente proceso selectivo para constituir la correspondiente Bolsa en su Tablón de anuncios, así como en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real (http://eadmin.ciudadreal.es/) , y en uno de los periódicos locales de mayor difusión.
Las sucesivas publicaciones que conlleve el proceso selectivo se realizarán en la sede electrónica y en el tablón de anuncios.
Las solicitudes para participar en el proceso selectivo se presentarán en Modelo oficial facilitado por el Ayuntamiento, en cualquiera de los siguientes Registros:
- Registro General del Excmo. Ayuntamiento. C/ Postas, 8.
- Registro del IMPEFE. Avenida Valle de Alcudia.
- Registro del Patronato Municipal de Deportes. C/ Juan Ramón Jiménez.
Igualmente, podrán presentarse en la forma establecida por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, Ley de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Plazo de presentación es de nueve días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en la sede electrónica. {hasta el 16 de Octubre de 2015, inclusive}
Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas.
Para estos aspirantes, cuando previamente lo hayan hecho constar en la solicitud, el Tribunal adaptará, en lo posible, el tiempo y medios de realización de las pruebas.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes se reunirá el Tribunal
Calificador, para elaborar la lista provisional de admitidos y excluidos. En la misma resolución se concederá el plazo de tres días hábiles para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, siempre y cuando se trate de un defecto subsanable. y se procederá a fijar la fecha de realización de la primera prueba.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los requisitos para poder participar en un proceso selectivo deben poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión o la formalización del contrato.
a.- Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha.
b.- Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c.- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad mínima o máxima para el acceso al empleo público.
d.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e.- No se requiere titulación académica para el acceso a este tipo de convocatoria.
Los aspirantes con discapacidad, deberán aportar certificación expedida por la Administración competente, con indicación de que la misma no incapacita para el desempeño de las funciones de trabajo objeto de la convocatoria, así como informe del citado organismo sobre adaptación de tiempo y medios para la realización de las pruebas, en el supuesto de que lo soliciten en la instancia.
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