jueves, 15 de abril de 2010

ajudes per a la investigació en l'àmbit de la Salut Mental a la Comunitat Valenciana per a l'exercici 2010 i n'aprova les bases reguladores.

importe global máximo de sesenta mil euros (60.000,00€)
ANEXO I
Bases de las ayudas para la investigación en el ámbito de la Salud Mental en la Comunitat Valenciana
Finalidad de la convocatoria.-
El objetivo de la presente convocatoria es convocar ayudas para trabajos científicos basados en la evidencia aplicables directamente a la actividad asistencial de la Agència Valenciana de Salut de la Conselleria de Sanidad. Las investigaciones no podrán ser de enfoque mayoritariamente teórico, y tendrán una vertiente centrada en el beneficio directo de los pacientes; primándose aquellos proyectos de investigación que evidencien la eficiencia en la práctica asistencial. Los proyectos de investigación deberán versar sobre los temas prioritarios en el ámbito de la investigación aplicada en salud mental en la Comunitat Valenciana que a continuación se desarrollan:
– Investigación aplicada en psicopatología infanto-adolescente.
– Investigación aplicada a la prevención de la cronicidad del Trastorno Mental Grave.
– Investigación aplicada en psicogeriatría
– Investigación aplicada a eficiencia de recursos
– Investigación en coordinación asistencial como garantía de continuidad de cuidados
Beneficiarios.- 2.1. Podrán solicitar las ayudas que se regulan en la presente orden los beneficiarios previstos en los presupuestos de la Generalitat para 2010: sociedades científicas, universidades, centros de formación, públicos o privados.
2.2. Cada investigador principal sólo podrá presentar una solicitud. El incumplimiento de este requisito determinará la exclusión no subsanable de todas aquellas solicitudes en las que un mismo investigador aparezca como Investigador Principal, y la consiguiente no valoración de los proyectos.
2.3. Se entenderá por beneficiario de las ayudas, aquella institución donde preste servicios el investigador principal. En el caso de los centros sanitarios que gestionan sus actividades de investigación mediante fundaciones de derecho privado, podrán solicitar las ayudas a través de estas entidades.
Solicitud y documentación.- 4.1. Las entidades que deseen formar parte de la presente convocatoria formularán su solicitud siguiendo el modelo normalizado que figura como Anexo II a esta orden, estando también disponible para su descarga en la página web de la Conselleria de Sanitat (http://www.san.gva.es ).
Lugar y plazo de presentación.- 5.1. Los interesados deberán presentar las solicitudes preferentemente en el Registro de la Conselleria de Sanitat, sito en la C/ Micer Mascó nº 31, 46010, Valencia, así como en los servicios territoriales de la misma sitos en Alicante (C/ Gerona, 26. 03001) Castellón (C/ Huerto Sogueros, 12. 12001) y Valencia (Gran Vía Fernando el Católico, 74. 46008). Todo ello sin perjuicio de su presentación en cualquiera de las formas previstas por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.2. El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV). [del 14 de ABRIL al 7 de MAYO de 2010, a.i.]

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