lunes, 18 de enero de 2016

1 plaza de Subinspector de la Policía Local (Jefe del Cuerpo), - A2-, del Ayuntamiento de Fraga (Huesca)

- RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2015, de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Fraga (Huesca), por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de Subinspector de la Policía Local (Jefe del Cuerpo), vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento..
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Primera.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, según lo establecido en el artículo 16 de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de Subinspector (Jefe del Cuerpo) de la Policía Local, del M.I. Ayuntamiento de la Ciudad de Fraga, encuadrada en la Escala de Administración Especial; Subescala Servicios Especiales; Clase Policía Local (Estructura Orgánica: Escala Técnica; Categoría Subinspector), Denominación: Subinspector (Jefe del Cuerpo); Grupo A/ Subgrupo A2, dotada con el sueldo correspondiente al Grupo A, Subgrupo A2 (artículo 76 y Disposición Transitoria Tercera 2.ª texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público), Nivel de Destino 21, dos pagas extraordinarias y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente, incluida en la Oferta de Empleo Público del M.I. Ayuntamiento de Fraga para el ejercicio 2015 aprobada por Decreto de Alcaldía de fecha 21 de mayo de 2015.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
d) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículo de las clases A y B y con la autorización de la categoría BTP (en los términos y efectos dispuestos en el Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre) o las antiguas clases A2 y B2.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible para el desempeño de las funciones propias de la plaza y por tanto poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza a la que se aspira y no estar incurso en ninguno de los supuestos incluidos en el cuadro de exclusiones médicas que se establecen en el anexo II de la presente convocatoria.
g) Tener una estatura mínima de 170 centímetros, los hombres, y de 165 centímetros, las mujeres.
h) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
i) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente. Dicho requisito se entiende que ha de ir referido a la fecha de la toma de posesión, en su caso.
j) Compromiso de portar armas y su autorización, en los casos previstos en la normativa vigente, que prestará mediante declaración jurada.
Dichos requisitos deberán poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse en la fecha de la toma de posesión.
Tercera.- Instancias.
1. Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes deberán manifestar:
a) Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria referidas siempre a la fecha de la expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
b) Que se comprometen, en caso de ser propuesto para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
2. A la solicitud se le acompañará la siguiente documentación:
a) Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Una fotocopia del título o certificación académica oficial acreditativa de estar en posesión de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo.
c) Los documentos acreditativos de los méritos alegados debidamente cotejados y compulsados.
d) Justificante de haber ingresado 25 euros, en la cuenta Ibercaja Banco SAU ES4620852256650300008320 a nombre del Ayuntamiento de Fraga especificando que se trata del presente concurso- oposición libre. Dicho ingreso deberá de efectuarse dentro del plazo de los veinte días naturales referidos en el siguiente párrafo. Los derechos de examen, sólo serán devueltos a quienes no fueran admitidos al proceso selectivo por faltar alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.
Dichas instancias se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Las instancias también podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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