Ayuntamiento de Lorca. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 5 de febrero de 2016, sobre aprobación de bases de la convocatoria de concurso-oposición para el ingreso interino de un/a orientador/a laboral. Por acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lorca, de fecha 5 de febrero de 2016, se ha aprobado la convocatoria de concurso-oposición para el ingreso como funcionario/a interino/a de un/a Orientador/a laboral, para la realización de actividades de activación, orientación y acompañamiento de jóvenes que no reúnan los requisitos para ser beneficiarios de la Garantía Juvenil, dentro del Programa Operativo FSE 2014-2020, Inserción Laboral Juvenil, con base en la subvención para dicho programa en el ejercicio 2016, de la Dirección General de Juventud de la Consejería de Cultura y Portavocía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Decreto que la regule.
Las retribuciones corresponden al Grupo A, Subgrupo A2, a jornada completa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10. 1 c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los requisitos necesarios para tomar parte en las pruebas selectivas se establecen en la Base Tercera, apartado A) de la convocatoria.
Las instancias irán dirigidas al Excmo. Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lorca y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Lorca (los sábados el Registro se encuentra en el Centro Integral de Seguridad, sito en Ronda Sur s/n de Lorca), en el plazo de diez días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.{del 21 de febrero al 1 de marzo de 2016, a.i.} Los aspirantes habrán de manifestar en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, uniendo a la misma fotocopia del DNI, titulación exigida y obligatoriamente se relacionarán al dorso los méritos alegados y justificados, se acompañará en sobre aparte la documentación acreditativa de tales méritos mediante originales o fotocopia compulsada. Los méritos no justificados no serán valorados.
Podrán presentarse, asimismo, en la forma y lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo, en este caso, remitir al Ayuntamiento, el mismo día de la presentación de la instancia ( o en pocos días) una copia de ésta a través de fax (968-47 97 06) o al correo electrónico serviciodepersonal@lorca.es, a los efectos de conocer esta Administración su presentación; advirtiéndose a los/as opositores que la mera presentación por fax/ correo electrónico no es válida, sino que es necesario registrar la instancia.
La instancia deberá ir acompañada del documento acreditativo de haber abonado la cantidad de 1,55 euros en concepto de tasas municipales. Si la instancia se presenta directamente en el Registro General del Ayuntamiento de Lorca (de lunes a viernes), podrá abonarse en el mismo dicha tasa.
En otro caso, se ingresará en la cuenta núm. ES52.0487. 0006. 99. 2080000021 BMN-Banco Mare Nostrum, Cajamurcia de Lorca, bien directamente en la mencionada o a través de cualquier otra Entidad de Crédito; indicándose para su correcta identificación la convocatoria concreta (Orientador/a Laboral).
Las Bases de la convocatoria se podrán consultar en el Servicio de Personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Lorca, se encuentran expuestas en el Tablón de Anuncios del citado servicio, sito en Plaza de España n.º 1, 1.ª planta, y en el portal web municipal (www.lorca.es), donde podrán solicitar los/as interesados/as información acerca de las mismas.
Las Bases de la convocatoria se podrán consultar en el Servicio de Personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Lorca, se encuentran expuestas en el Tablón de Anuncios del citado servicio, sito en Plaza de España n.º 1, 1.ª planta, y en el portal web municipal (www.lorca.es), donde podrán solicitar los/as interesados/as información acerca de las mismas.
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