jueves, 18 de febrero de 2016

38 plazas básicas de la categoría de Técnico Superior de Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Código categoría C203, en el Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón

- RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Técnico Superior de Laboratorio de Diagnóstico Clínico en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón..
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Convocar pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Técnico Superior de Laboratorio de Diagnóstico Clínico en el Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad de Aragón, con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
Primera.- Normas generales.
1.1. Se convoca concurso oposición para cubrir 42 plazas básicas de la categoría de Técnico Superior de Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Código categoría C203, en el Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes a la Oferta complementaria de la Oferta de Empleo Público de 2011, para su provisión de acuerdo con la siguiente distribución:
a) 35 plazas para ser cubiertas por el turno libre.
b) 4 plazas para ser cubiertas por el turno de promoción interna.
c) 3 plazas para ser cubiertas por personal con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
b) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
c) Estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico o título de Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Sanitaria, especialidad en Laboratorio, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias.
En cualquier caso, dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio de Educación.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la Convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo b), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior de Laboratorio de Diagnóstico Clínico, cualquiera que sea su situación administrativa.
g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según determina el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción aportada en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
h) Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.2.
Tercera.- Solicitudes.
3.1. Las instancias para participar en las pruebas selectivas deberán rellenarse vía web en la dirección http://www.aragon.es/sas/oposiciones, mediante la cumplimentación del modelo informático de solicitud que deberá ser ratificada a través de su presentación dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud de acuerdo con lo previsto en la base 3.3.
3.2. Cumplimentada la solicitud, deberá efectuarse el pago de la tasa por derechos de examen que asciende a 16,71 euros mediante ingreso en cualquiera de las oficinas de Ibercaja en la cuenta ES25 2085 5200 8203 3301 5944. Una vez realizado el pago, la entidad bancaria conservará el último ejemplar del modelo de solicitud y devolverá los 2 ejemplares restantes a los interesados debiendo figurar en ellos el sello o impresión mecánica acreditativa del pago de los derechos de examen o aportar justificante bancario de haber realizado el ingreso de la cuantía reseñada. Dichos ejemplares serán presentados en el Registro de conformidad con la base 3.4.
Los derechos de examen se abonarán por cada solicitud que se presente. La falta de pago de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes no será subsanable.
3.4. Los 2 ejemplares de la solicitud (Administración y el interesado), se podrán presentar: en el Registro del Servicio Aragonés de Salud (Plaza de la Convivencia, 2 - 50017 - Zaragoza), a través de las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Acompañando el justificante acreditativo del pago bancario en el caso de que no conste fehacientemente en el impreso de solicitud.
3.5. En el caso de que la solicitud se presentara en las oficinas de Correos, deberá ofrecerse obligatoriamente en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de la fecha en el lugar destinado para ello en el original y en la copia.
3.8. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. {del 19 de febrero al 18 de marzo de 2016, a.i.}

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